La pandemia derivada del COVID-19 ha generalizado masivamente el teletrabajo sin que hasta la fecha existiera una regulación específica que diera una respuesta adecuada a la problemática y a los retos actuales de las empresas y de los trabajadores ante esta forma de prestar servicios a distancia. La nueva norma, aprobada por el Consejo de Ministros, pretende regular suficientemente esta materia y el tiempo dirá si las soluciones que aporta están a la altura de los tiempos y son acordes tanto a la realidad existente como a las necesidades actuales del mercado laboral. En esta newsletter especial repasamos las claves de la nueva regulación, abordamos los aspectos más polémicos de la norma recién aprobada y recordamos los pronunciamientos judiciales que han tenido como protagonista el teletrabajo en el pasado.
La recién estrenada regulación del trabajo a distancia trata de encuadrar las nuevas pautas de organización y de prestación del trabajo en los esquemas tradicionales de la normativa laboral. Una regulación con visión de futuro hubiera exigido un debate más sosegado.
Aunque se acaba de publicar el real decreto-ley que regula las relaciones laborales que se desarrollan a distancia con carácter regular, el trabajo a distancia y el teletrabajo llevan muchos años siendo una realidad. A continuación, señalamos algunos de los pronunciamientos judiciales que han tenido precisamente como protagonista el teletrabajo. Como se puede comprobar, dicha doctrina judicial está, en general, alineada con la normativa recién aprobada.
En nuestro Blog Laboral hemos analizado igualmente la reciente polémica relativa a la posible tributación y cotización de medios, equipos y herramientas necesarios para el teletrabajo en la medida en que puedan considerarse retribuciones en especie cuando los mismos se usen también para uso privado.