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¿Qué son los criterios ESG y por qué la empresa familiar debe integrarlos en su gestión?

España - 
Juan Pablo Pérez, director en G-advisory

La integración de los criterios ESG en la empresa familiar ya no es una opción sino una necesidad para asegurar su viabilidad futura. Conocer el alcance de estos criterios así como la regulación que se está aprobando en torno a ellos puede ser esencial para la gestión de las compañías y la estrategia empresarial a seguir en los próximos años.

Los criterios ESG se refieren a factores ambientales, sociales y de gobierno corporativo que tienen que estar presentes en la gestión y toma de decisiones diaria de cualquier empresa, grande, mediana o pequeña, tanto si es familiar como si no lo es, así como a la hora de considerar cualquier inversión o financiación. En los últimos años se han convertido en la referencia de la inversión socialmente responsable (ISR). A día de hoy el cumplimiento de los criterios ESG en la financiación corporativa o de inversiones y proyectos puede ser un factor importante para el acceso a ciertos mercados financieros.

Para entender y poder definir los criterios ESG hay que tener presente la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas. Éstos fueron adoptados a nivel internacional en 2015 con la finalidad de poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad para 2030. Los ODS son 17, están integrados, y pretenden equilibrar el desarrollo económico con el desarrollo social y la sostenibilidad ambiental.

El objetivo de estas iniciativas es que permeen en todos los estratos sociales, políticos, económicos y geográficos. La UE está siendo, como es habitual, pionera en la integración de estas iniciativas en el acervo legislativo comunitario. A veces a través de Estrategias y Planes sin rango normativo, pero también a través de Reglamentos y Directivas, que sí son de aplicación.

Así, cabe destacar el Pacto Verde Europeo o Green Deal, que es la respuesta de la UE a los desafíos del clima y el medio ambiente. Fue aprobado en diciembre de 2019 y es parte integrante de la estrategia de la Comisión para aplicar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Fuente: Comisión Europea

El Pacto Verde Europeo supone un cambio de estrategia de crecimiento económico destinada a transformar la UE en una sociedad equitativa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva. Sin emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y con un crecimiento económico disociado del uso de los recursos.

Adicionalmente, la UE está aprobando una serie de normativa y guías tendentes a establecer, de una parte criterios de clasificación de las inversiones que se pueden considerar sostenibles (el Reglamento (UE) 2020/852 para establecer un marco para facilitar las inversiones sostenibles, más conocido como Reglamento de la Taxonomía), así como unas obligaciones específicas de divulgación de información ESG por parte de los participantes en el sector financiero (el Reglamento (UE) 2019/2088 de Divulgación de información relativa a la sostenibilidad): su finalidad es fomentar la integración de los factores ESG en la política de inversión de las instituciones financieras, así como facilitar la información ESG a los potenciales inversores.

La Taxonomía Europea establece seis objetivos ambientales. Una inversión, para ser clasificada como sostenible debe contribuir a alguno de estos seis objetivos, sin perjudicar a ninguno de los otros cinco y con un mínimo de debida diligencia sobre garantías sociales.

 

Finalmente, la Directiva 2014/95/UE relativa a la divulgación de información no financiera está en plena fase de revisión. Uno de los cambios que va a traer la nueva Directiva es el cambio de nombre, pasándose a llamar de “información corporativa en materia de sostenibilidad”. También va a ampliar su alcance a sociedades / grupos más pequeños que la actual directiva y que aplicará a no pocas empresas familiares. En España, desde 2021, ya tienen la obligación de incluir un estado de información no financiera en su informe de gestión las empresas de más de 250 trabajadores cuando sean “grandes” (cumpliendo el requisito de activo -20 MM- o de facturación – 40MM-) o sean de interés público.

Por lo tanto, la integración de la ESG en las empresas familiares ya no es una opción sino una necesidad si éstas quieren asegurar su viabilidad futura ya qué:

  • Es una cuestión reputacional y de imagen en ausencia de la cual se puede venir abajo en poco tiempo toda una trayectoria de marca.
  • Ya existe normativa específica que exige la integración de criterios ESG en la gestión y en la divulgación de información.
  • El acceso a la financiación requiere, cada vez más, cumplir con criterios ESG, además de acceder a condiciones de financiación más ventajosas[1].
  • Los mercados, clientes, accionistas y, en definitiva, todas las partes interesadas, demandan información sobre los potenciales impactos ESG de la actividad de las compañías y cómo éstas los están gestionando mediante estrategias, políticas y procedimientos específicos.

G-advisory, filial de consultoría estratégica, económica y técnica, especializada en ESG de J&A Garrigues, viene asesorando a empresas, inversores y entidades financieras en criterios ESG, asistiendo y participando en el desarrollo e implementación de todas estas políticas en la gestión de las empresas y evaluando los compromisos ESG de las mismas y de los proyectos para acceder a financiación verde y sostenible, criterios estos cada vez más relevantes en las organizaciones y en la sociedad.

 




[1] Por financiación sostenible se entiende aquel que destina recursos económicos al desarrollo de proyectos que contribuyen de forma positiva al medio ambiente o la sociedad.