Real Decreto-ley 27/2026: la no renovación del arrendador exige seis meses de preaviso y puede generar una indemnización a cargo del arrendador
El texto, sujeto a convalidación parlamentaria, prevé que los contratos de arrendamiento de vivienda habitual, llegado el vencimiento del contrato o de sus prórrogas, se prorroguen obligatoriamente por periodos sucesivos de cinco años, o de siete si el arrendador es persona jurídica, salvo preaviso válido. Si el arrendador no prorroga, debe pagar una indemnización, salvo en determinados supuestos excepcionales.
El Real Decreto-ley (RDL) 27/2026, de 29 de septiembre, publicado en el BOE núm. 243, de 1 de octubre de 2026, adopta medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Según la información pública disponible, el Gobierno ha solicitado un pleno extraordinario para el viernes 2 de octubre de 2026 con el fin de convalidar el RDL 26/2026 (que analizamos aquí) y el RDL 27/2026 (cuyas novedades detallamos en este documento).
A la fecha de esta nota, la convalidación está pendiente.

