Novedades inmobiliarias y urbanísticas en Colombia - Octubre 2025
La edición de octubre de nuestra newsletter, dedicada a los temas más relevantes del sector inmobiliario, urbanístico y ambiental en Colombia, se enfoca en sentencias y acuerdos sobre ordenamiento territorial y proyectos de resolución ambientales.
Ordenamiento territorial
Una sentencia mantiene la presunción de legalidad del Acuerdo Municipal 100 de 2016 – POT Chía
La sentencia del Juzgado Primero Administrativo de Zipaquirá negó la nulidad del Acuerdo 100 de 2016, mediante el cual se adoptó la revisión del POT de Chía. El fallo concluyó que el POT tuvo un proceso legal, participativo y técnicamente sustentado, con concertación ambiental efectiva ante la CAR y consulta ciudadana mediante cabildos abiertos y concepto del Consejo Territorial de Planeación.
Las modificaciones introducidas en el Concejo Municipal no exigían nueva concertación, conforme a la Ley 388 de 1997 y jurisprudencia vigente. El POT incorporó estudios de riesgo, protección de suelos rurales y previsiones sobre servicios públicos. La ampliación de áreas urbanas fue avalada por la autoridad ambiental. El juzgado aplicó el principio tempus regit actum, descartando exigencias posteriores del Decreto 1232 de 2020, y mantuvo la presunción de legalidad del acto administrativo.
Un acuerdo regional admite el ingreso del municipio de Fusagasugá a la Región Metropolitana Bogotá–Cundinamarca
El Acuerdo Regional 012 de 2025 formaliza el ingreso del municipio de Fusagasugá a la Región Metropolitana Bogotá–Cundinamarca, en cumplimiento de la Ley Orgánica 2199 de 2022. La Región Metropolitana, como entidad administrativa de asociatividad regional, permite la concurrencia de competencias entre territorios interdependientes, fortaleciendo así la gobernanza regional bajo principios constitucionales de coordinación y subsidiariedad. Fusagasugá comparte hechos metropolitanos en seguridad alimentaria, abastecimiento y seguridad integral, lo que justifica su integración. El proceso fue aprobado mediante Acuerdo Municipal, tras dos debates y un Cabildo Abierto que garantizó la participación ciudadana.
Una resolución de RENOBO fija la tarifa para la concurrencia de terceros en la adquisición de inmuebles por enajenación voluntaria y expropiación por vía administrativa
La Resolución 280 de 2025 establece el nuevo esquema tarifario para la concurrencia de terceros en procesos de adquisición de inmuebles en procesos de enajenación voluntaria o expropiación administrativa con la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C. (RENOBO), en el marco de la Ley 388 de 1997 y normativa complementaria, buscando mejorar la eficiencia y sostenibilidad financiera de los proyectos, derogando la Resolución 061 de 2025. El tercero concurrente debe aportar todos los recursos económicos necesarios, asumir los costos adicionales del proceso y cubrir la remuneración por los servicios prestados por la empresa.
Ambiental
Un proyecto de resolución plantea establecer directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá
El proyecto de resolución, de 16 de octubre de 2025, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible intenta nuevamente establecer las directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá, reconocida como área de interés ecológico nacional según el artículo 61 de la Ley 99 de 1993. Este instrumento busca armonizar el desarrollo territorial con la conservación del medio ambiente. La propuesta contempla una delimitación geográfica que abarca Bogotá, 35 municipios de Cundinamarca y 4 del Meta. Además, define directrices vinculantes para el ordenamiento territorial, que deberán ser incorporadas en los POT, PBOT, EOT y demás instrumentos, consolidando un enfoque de sostenibilidad y resiliencia para la región.
Un proyecto de resolución establece los criterios de calidad del agua para todos los usos en Colombia y reemplaza el régimen transitorio vigente
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible emite proyecto de resolución mediante el cual pretende establecer los criterios de calidad para el uso de aguas superficiales, subterráneas y marinas en Colombia, según su destinación: consumo humano, agrícola, pecuario, recreativo, estético, pesca, acuicultura y navegación. La norma reemplaza el régimen transitorio del Decreto 1076 de 2015, definiendo parámetros físico-químicos, microbiológicos y biológicos con valores máximos admisibles por tipo de agua y uso. La resolución entrará en vigencia un año después de su publicación y será vinculante para autoridades ambientales, sin afectar los planes de ordenamiento hídrico ya adoptados, aunque sí deberá ser considerado en futuras revisiones.
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