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La concesión de la protección temporal a los afectados por el conflicto en Ucrania incluirá la autorización de residencia y trabajo

España - 

Alerta Laboral España

Se aprueban dos órdenes ministeriales, ampliando la protección temporal y desarrollando el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

La Orden PCM/170/2022 amplía la protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022 a los afectados por el conflicto de Ucrania que puedan encontrar refugio en España. El elenco de personas que se explicita en la norma es el siguiente:

  • Nacionales ucranianos en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania y los miembros de sus familias definidos en los términos de la norma.
  • Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido y no pueden regresar a su país o región y los miembros de sus familias definidos en los términos de la norma.
  • Nacionales de Ucrania en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

Por su parte, algunas de las novedades laborales de la Orden PCM/169/2022 por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania son las siguientes:

  • La solicitud de protección temporal autoriza a la persona interesada para permanecer en territorio español y para percibir las ayudas sociales mientras aquella se tramita.
  • En caso de resolución por la que se conceda la protección temporal, ésta incluirá la autorización de residencia y de trabajo.
  • La protección temporal y los permisos de residencia y trabajo se entenderán prorrogados automáticamente por otro año al finalizar el primer año de vigencia de dicha protección, si el órgano competente para declarar la protección temporal no la ha dado por finalizada. Excepcionalmente podrá prorrogarse durante un año más.