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  • La UE impulsa la eliminación de la exención de IVA en los alquileres de corta duración

    La Directiva (UE) 2025/516 introduce una reforma relevante en el régimen del IVA aplicable a los alquileres de corta duración, cuya entrada en vigor se prevé a partir del 1 de julio de 2028. La reforma implicará que se sujeten a IVA los alquileres de alojamientos que tengan lugar con la misma persona durante un máximo de treinta noches, sobre la base de que ese tipo de alquiler tiene una función similar a la del sector hotelero. Además, se refuerza el papel de las plataformas digitales en la recaudación del impuesto. Será preciso seguir de cerca la adaptación de esta directiva a la legislación nacional para concretar su alcance definitivo.
  • Newsletter Tributario - Diciembre de 2025 - Enero de 2026

    En nuestra Newsletter de Tributario recopilamos y resumimos las novedades más relevantes de esta práctica (sentencias, resoluciones de los tribunales económico-administrativos y de la DGT, normativa y otras novedades).
  • El ‘e-commerce’ tras los recientes cambios en la normativa aduanera

    Con el fin de reforzar el control y la recaudación, así como de incentivar modelos logísticos más eficientes y sostenibles, está previsto que, desde mediados de 2028, se elimine la franquicia arancelaria de 150 euros y que, transitoriamente, se introduzca una tasa arancelaria de 3 euros. Además, se prevé introducir un handling fee o tasa de gestión por cada paquete e incentivar el uso de IOSS (import one stop shop) para simplificar el despacho aduanero.
  • Si el perceptor del canon residente en la UE no es su beneficiario efectivo, no se podrá aplicar tampoco el tipo de retención reducido del convenio

    Según el Tribunal Supremo, si los pagos están en el ámbito de la Directiva de cánones y no es aplicable la exención por no ser el destinatario el “beneficiario efectivo”, la retención se deberá realizar aplicando el tipo de la normativa interna y no el del correspondiente convenio para evitar la doble imposición (CDI).
  • Operaciones vinculadas: en el punto de mira de Hacienda

    Artículo de Miguel Hernández, socio de Tributario de Garrigues en Barcelona ('Diari de Tarragona').
  • Colombia: Principales obligaciones legales recurrentes - Primer semestre 2026

    En Colombia, las empresas deben cumplir con determinadas obligaciones societarias, tributarias y laborales durante el año. En este documento destacamos las principales obligaciones a tener en cuenta en el primer semestre de 2026.
  • Estas son las medidas tributarias y mercantiles incluidas en el RDL 2/2026

    La norma vuelve a introducir (con algunas variaciones) las medidas tributarias y mercantiles del derogado RDL 16/2025, consistentes, entre otras, (i) en la prórroga de deducciones por determinadas obras de eficiencia energética (en el IRPF) y adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga (en el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades) o del régimen de libertad de amortización en este último impuesto para inversiones que utilicen energía de fuentes renovables; y en (ii) la ampliación de la suspensión del régimen de disolución por pérdidas hasta el cierre del ejercicio que se inicie en 2026, otorgando un nuevo plazo para la reformulación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2025.
  • Perú impulsa la inversión turística con una nueva ley general que introduce ventajas tributarias estratégicas para las ZEDT y las actividades fuera de ellas

    La Nueva Ley General del Turismo del Perú aprobó diversos incentivos tributarios para el sector turístico con el objetivo de promover y regular el desarrollo sostenible y competitivo de la actividad turística. Entre ellos, destacan la reducción significativa del Impuesto a la Renta al 0%, 10% o 15% y beneficios adicionales en materia de depreciación, deducciones y recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas.
  • Qué cambia en el Pilar 2 tras la introducción de los nuevos “puertos seguros” de la OCDE

    La OCDE propone nuevos puertos seguros permanentes con los objetivos de simplificar las reglas de cálculo estándar del Impuesto Mínimo Complementario Global (Pilar 2) y reducir la posibilidad de que exista obligación de tributar por dicho impuesto. Además, propone la extensión durante un año del puerto seguro transitorio existente hasta la fecha.
  • México: El SAT precisa que la constancia de situación fiscal no puede exigirse para facturar ni condicionar el pago de salarios

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclara que exigir la constancia de situación fiscal para emitir CFDI o pagar salarios carece de sustento legal y puede ser sancionable. Con este criterio, la autoridad no solo despeja dudas técnicas, sino que refuerza la protección de trabajadores y contribuyentes frente a prácticas indebidas que retrasan pagos y generan cargas administrativas innecesarias.