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Newsletter Laboral - Mayo 2021 | Flashes de actualidad

España - 

El Gobierno se marca como objetivo reformar el mercado laboral antes de 2022

El Ejecutivo pretende negociar con los agentes sociales las reformas del mercado laboral durante el año 2021. En concreto, abordará cuestiones como la negociación colectiva, la subcontratación, la flexibilidad interna, la reforma en los modelos de contratación y las políticas activas de empleo.

Dentro de los objetivos del Gobierno, se encuentra la utilización de los fondos europeos para implantar un “nuevo mecanismo permanente de estabilidad en el empleo y apoyo a los procesos de transición” para sectores afectados por una alta estacionalidad o bien que sufran una caída significativa de la demanda, de carácter cíclico o estructural.

 

Los ERTE se mantienen hasta el 31 de mayo de 2021 mientras continúan las conversaciones entre Gobierno y agentes sociales sobre prórrogas adicionales

Desde la Dirección General de Trabajo se ha confirmado que los ERTE por fuerza mayor están prorrogados hasta el 31 de mayo de 2021, tal y como se establece en el artículo 1 del Real Decreto-ley 2/2021 (con independencia de la finalización del estado de alarma el día 9 de mayo de 2021).

Asimismo, el Gobierno y los agentes sociales continúan las negociaciones sobre una prórroga adicional de los ERTE más allá del 31 de mayo de 2021. Como en anteriores ocasiones, la propuesta del Gobierno es continuar con el esquema actual, manteniendo en vigor las medidas adoptadas hasta la fecha como la “salvaguarda de empleo” y la mal llamada “prohibición de despedir”.

 

Ya está disponible la herramienta de registro retributivo

En la página web del Instituto de las Mujeres se ha publicado la herramienta de registro retributivo elaborada de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad, que ha sido también acordada con los agentes sociales, tal y como informábamos en nuestra alerta del pasado 15 de abril.

Esta herramienta establece el formato que podrá tener el registro retributivo que deben elaborar todas las empresas en cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Junto con la herramienta se incorpora una guía de uso y un ejemplo ilustrativo.

Se trata, en cualquier caso, de un modelo voluntario para tratar de facilitar el cumplimiento de la obligación legal.

 

La Inspección de Trabajo publica el Criterio Técnico nº 104/2021 sobre actuaciones en riesgos psicosociales

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) publicó el pasado 14 de abril de 2021 el Criterio Técnico sobre actuaciones en materia de riesgos psicosociales.

El criterio técnico se estructura sobre las tres actuaciones inspectoras más frecuentes en la materia: (i) actuaciones de control de la gestión preventiva de los riesgos psicosociales; (ii) actuaciones motivadas por denuncias de los trabajadores por exposición a estos riesgos; y (iii) actuaciones sobre daños a la salud y accidentes de trabajo motivados por dicha exposición.

A través del citado criterio, la ITSS tiene como objetivo actualizar los criterios para aplicar de forma homogénea la normativa vigente en materia de riesgos psicosociales.

 

España traspone la nueva Directiva 'Posting’ de desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios trasnacional

 El BOE publicó, el pasado 27 de abril, el Real Decreto-ley 7/2021 que, entre otras cuestiones, modifica diversos aspectos de la Ley 45/1999 sobre el desplazamiento transnacional de trabajadores, tal y como señalábamos en esta alerta del 28 de abril.

Como novedad más destacada, la nueva regulación establece que cuando la duración efectiva de un desplazamiento sea superior a doce meses, las empresas deberán garantizar (con independencia de la legislación aplicable al contrato de trabajo), las condiciones de trabajo previstas por la legislación española con excepción de (i) procedimientos, formalidades y condiciones de celebración y de extinción del contrato de trabajo, con inclusión de las cláusulas de no competencia; y (ii) los regímenes complementarios de jubilación.

Asimismo, se modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, así como el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, para garantizar la igualdad de remuneración y de trato entre los trabajadores desplazados cedidos por empresas de trabajo temporal y los trabajadores de la empresa usuaria en el Estado de acogida.