Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Newsletter Laboral - Mayo 2019 | Normas de interés

España - 

La Diputación Permanente convalida los “viernes sociales”

La Diputación Permanente ha convalidado los diferentes reales decretos-ley aprobados por el Consejo de Ministros tras la disolución de las cámaras, entre los que se encuentran los denominados “decretos de los viernes sociales”.

Así, han quedado inalterados los textos normativos que aprobó el Gobierno relativos al registro de jornada diario (ver aquí) o las modificaciones en materia de igualdad (ver aquí).

 

Cambia el régimen de los convenios especiales en el marco de un despido colectivo

La Orden TMS/397/2019, de 4 de abril, prevé que la solicitud del convenio especial aplicable en los despidos colectivos a los empleados con 55 o más años debe formularse por el empresario durante la tramitación del procedimiento de despido colectivo y, en todo caso, hasta la fecha en que el empresario notifique individualmente el despido a cada trabajador afectado por el despido colectivo.

En el supuesto de que el empresario no proceda a la solicitud en el periodo indicado, el trabajador afectado podrá solicitar el convenio especial dentro de los seis meses naturales siguientes a la fecha en que se le notifique individualmente el despido.

Este régimen no resulta de aplicación a los procedimientos de despido colectivo que se hayan iniciado con anterioridad al 9 de abril de 2019.

El texto completo de la orden se puede consultar en el este enlace.

 

Instrucciones para la documentación de los nacionales del Reino Unido ante un Brexit sin acuerdo

Tras el Real Decreto-ley 5/2019 por el que se aprobaban medidas de contingencia ante un posible Brexit sin acuerdo (del que hablábamos aquí), la Secretaría de Estado de Migraciones ha publicado la Resolución de 25 de marzo de 2019 que recoge las instrucciones por las que se determina el procedimiento para la documentación de los nacionales del Reino Unido residentes en España y sus familiares. Se puede consultar el texto en este enlace.