Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Se inician formalmente los trámites para la elaboración del Anteproyecto de Ley de Información sobre Sostenibilidad

España - 

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital será el responsable de llevar a cabo la transposición de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD).

El pasado 4 de marzo concluyó el trámite de consulta pública abierto por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para recabar la opinión de los potenciales afectados y organizaciones representativas sobre algunos aspectos de la futura norma de transposición de la Directiva CRSD (ver aquí).

Tras exponer la problemática que se pretende solucionar con la futura ley de información sobre sostenibilidad (mejorar la información ofrecida por las empresas sobre sostenibilidad, promoviendo su comparabilidad fiabilidad y accesibilidad), se plantean los siguientes objetivos:

  • Extender el ámbito de aplicación subjetivo de las empresas que quedarán obligadas a presentar información significativa sobre sostenibilidad.
  • Regular con mayor exhaustividad el contenido del informe de sostenibilidad.
  • Prever la elaboración del informe de gestión en formato electrónico y etiquetar la información sobre sostenibilidad conforme al Reglamento (EU) 2020/82 (de “taxonomía”).
  • Regular el ejercicio de la verificación de la información sobre sostenibilidad, el contenido del informe de verificación, la normativa a aplicar al efecto y el régimen de supervisión de los verificadores.
  • Incorporar las novedades introducidas en el Reglamento (UE) nº 537/2014, sobre auditorías de entidades de interés público: entre otras, la inclusión de los servicios de preparación de la información sobre sostenibilidad entre los servicios prohibidos para los auditores legales de cuentas y los miembros de su red, la exclusión de los honorarios facturados por dichos servicios del cómputo del límite previsto en su artículo 4 y la no sujeción de la contratación de los servicios de verificación de la información sobre sostenibilidad del régimen de aprobación por las comisiones de auditoría.

Son múltiples las cuestiones sometidas a consulta pública, esencialmente, aquellas en las que la Directiva CRSD otorga cierto margen de discrecionalidad a los Estados miembros.

En lo relativo a la información sobre sostenibilidad que deberán publicar las empresas, se consulta la conveniencia o necesidad de diversas medidas:

  • Permitir no publicar determinada información cuando pueda perjudicar gravemente la posición comercial de la empresa.
  • A los efectos de que una filial española cuya matriz no esté domiciliada en la UE quede exenta de su obligación de presentar información sobre sostenibilidad, exigir que el informe de sostenibilidad consolidado deba publicarse o traducirse al idioma español.
  • Mantener el requisito de publicar el informe de gestión en la página web de la empresa de forma gratuita.
  • Exigir a las empresas filiales o sucursales establecidas en España cuya sociedad matriz se rija por el Derecho de un tercer país no miembro De la UE la remisión de información sobre el volumen de negocios neto generado en territorio español y en la UE por dichas empresas matrices de terceros países.

En lo referente a la regulación de la actividad de verificación de la información anual y consolidada sobre sostenibilidad, se consulta, en particular, la conveniencia y/o necesidad de las siguientes alternativas:

  • Que pueda llevarse a cabo por un prestador independiente de servicios de verificación o por un auditor distinto del de los estados financieros.
  • Adoptar una norma nacional para regular los trabajos de verificación de la información sobre sostenibilidad en tanto no lo haga la Comisión Europea.
  • Exigir que el informe de verificación sobre sostenibilidad se incluya como una sección independiente del informe de auditoría cuando sea el auditor de cuentas quien realice dicha verificación.
  • En lo que respecta a la supervisión de la actividad de verificación de dicha información, conveniencia o necesidad de eximir a los inspectores encargados de la realización de controles de calidad de los requisitos de formación y experiencia exigidos por la Directiva 2006/43/CE de forma transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Sean cuales sean las alternativas por las que finalmente se opte, lo cierto es que con la realización de dicha consulta se ponen en marcha los trabajos de transposición de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad, cuyo cumplimiento será exigible de forma progresiva en los próximos años, tal y como adelantábamos en nuestras alertas de los pasados meses de noviembre y diciembre de 2022 (alerta noviembre y alerta diciembre).