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La futura ley sobre debida diligencia en materia ambiental y derechos humanos da sus primeros pasos

España - 

Alerta ESG España

La norma, en período de consulta pública, regulará un sistema de infracciones y sanciones para las empresas que incumplan las obligaciones de respeto, protección y promoción de los derechos humanos y ambientales y garantiza el acceso a la justicia para que posibles víctimas puedan reclamar la reparación efectiva, entre otras medidas.

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha iniciado un periodo de consulta pública previa sobre el Anteproyecto de la Ley de protección de los derechos humanos, de la sostenibilidad y de la diligencia debida en las actividades empresariales transnacionales.

Cada vez más, las empresas incorporan a su estrategia mecanismos voluntarios para identificar, prevenir y mitigar los riesgos en materia de derechos humanos e impacto medioambiental. Sin embargo, dichos mecanismos no son vinculantes y tienen limitaciones. Además, existen otras muchas empresas, en especial las transnacionales, que carecen de los mismos y cuyas actividades generan efectos sobre los derechos humanos.

Como consecuencia de ello, en línea con lo realizado por otros países de nuestro entorno, se propone la tramitación de una ley cuyos objetivos son los siguientes:

  1. Regular con carácter vinculante y general la obligación de las empresas o grupos transnacionales españoles, y de aquellas empresas con carácter transnacional que operen en el mercado español, de respetar los derechos humanos y medioambientales en el conjunto de las actividades desarrolladas a lo largo de sus cadenas globales de valor, incluyendo la implementación a lo largo de toda la cadena de mecanismos de diligencia debida, entre ellos la adopción y desarrollo de planes de debida diligencia que contribuyan a prevenir, eliminar, mitigar y/o remediar dichas violaciones. Se garantizará la participación de los sindicatos y las entidades no lucrativas en el desarrollo, implementación y supervisión de las medidas antedichas.
  2. Aportar seguridad jurídica a las relaciones económicas entre Estados y evitar prácticas de competencia desleal que afecten a las empresas españolas que aplican estándares rigurosos de respeto de los derechos humanos y ambientales.
  3. Regular un sistema de infracciones y sanciones para las empresas que incumplan las obligaciones de respeto, protección y promoción de los derechos humanos y ambientales y de los mecanismos de diligencia debida referidos anteriormente, garantizando el acceso a la justicia de cualquier persona afectada por dichas actuaciones para exigir el cumplimiento de las mencionadas obligaciones.
  4. Garantizar el acceso a la justicia para reclamar la reparación efectiva a todas las personas o comunidades que hayan sido víctimas de violaciones de derechos humanos y ambientales derivados de las actividades realizadas por las anteriores empresas en el conjunto de sus cadenas de suministro. Se deberá garantizar que los sindicatos y las entidades no lucrativas puedan emprender acciones colectivas en nombre de las víctimas.
  5. Garantizar el derecho de todas las personas a ser informadas por las empresas mencionadas anteriormente de los riesgos que sus actividades suponen para los derechos humanos y el medio ambiente y de las actuaciones orientadas a eliminar dichos riesgos en el marco de los planes de debida diligencia y su desarrollo.
  6. Nombrar una autoridad competente, pública e independiente para vigilar el cumplimiento de la ley, sin que en ningún caso su actividad pueda interferir en el acceso a la justicia para exigir el adecuado cumplimiento de las obligaciones establecidas en la norma.
  7. Garantizar la implementación de la Agenda 2030 y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la consecución de las metas aprobadas en la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030.

La consulta, que está abierta hasta el 3 de marzo de 2022, llega cuando está a punto de cumplirse un año de la Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de marzo de 2021, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre diligencia debida de las empresas y responsabilidad corporativa, y estamos expectantes por conocer el detalle de los trabajos de la Comisión Europea a este respecto.

Esta ley está incluida dentro del Plan Anual Normativo del Gobierno para 2022, referido en este comentario.