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Estados de información no financiera: estos son los requisitos legales a tener en cuenta para 2023

España - 

Antes de que finalice el año, conviene conocer las novedades que afectarán a la obligación de elaborar el estado de información no financiera (EINF) del ejercicio 2022 en España así como las perspectivas sobre el futuro informe de sostenibilidad.

En este artículo se detallan los nuevos requisitos legales que se deberán tener en cuenta en España en la elaboración de los estados de información no financiera del ejercicio 2022, que deberán aprobarse en 2023. La obligación de elaborar el EINF fue introducida mediante la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.

Mecanismos y procedimientos con los que cuenta la empresa para promover la implicación de los trabajadores en la gestión de la compañía

El artículo 49, apartado 6. II Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal, guion cuarto, del Código de Comercio, ha quedado redactado por la Ley 5/2021, de 12 de abril, como sigue: «Relaciones sociales: organización del diálogo social, incluidos procedimientos para informar y consultar al personal y negociar con ellos; porcentaje de empleados cubiertos por convenio colectivo por país; el balance de los convenios colectivos, particularmente en el campo de la salud y la seguridad en el trabajo; mecanismos y procedimientos con los que cuenta la empresa para promover la implicación de los trabajadores en la gestión de la compañía, en términos de información, consulta y participación».

Las nuevas obligaciones de información establecidas en el artículo segundo de la Ley 5/2021, mediante la modificación del citado artículo 49, apartado 6. II, entraron en vigor el pasado 13 de abril de 2022, transcurridos 12 meses desde la publicación de la ley en el BOE, tal y como contempla la disposición transitoria segunda de la citada norma.

Actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles

El Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, o «Reglamento de Taxonomía», establece en su artículo 8 que, en el marco del EINF, las empresas deberán divulgar la proporción de su cifra de negocios, inversiones en activos fijos (CapEx) y gastos de explotación (OpEx) asociadas a actividades económicas  ambientalmente sostenibles, considerando para ello la propia taxonomía aprobada en la Unión Europea y, en particular, los criterios técnicos de selección de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles.

Para más información sobre la taxonomía europea se puede consultar este comentario de Garrigues.

Esta previsión encuentra su desarrollo en el Reglamento Delegado (UE) 2021/2178 de la Comisión de 6 de julio de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la especificación del contenido y la presentación de la información que deben divulgar las empresas sujetas a los artículos 19 bis o 29 bis de la Directiva 2013/34/UE respecto a las actividades económicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental, y la especificación de la metodología para cumplir con la obligación de divulgación de información.

El artículo 10 del Reglamento 2021/2178 fija su entrada en vigor en el 30 de diciembre de 2021, si bien contempla los siguientes períodos de cumplimiento de las obligaciones de divulgación:

  • Empresas no financieras: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, solo deberán divulgar la proporción de actividades económicas elegibles y no elegibles según la taxonomía en su volumen total de negocios, sus inversiones en activos fijos, sus gastos operativos y la información cualitativa (sección 1.2 del anexo I pertinente). 
  • Empresas financieras: del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023 solo divulgarán: 
  • La proporción en sus activos totales de exposiciones a actividades económicas elegibles y no elegibles según la taxonomía. 
  • La proporción en sus activos totales de las exposiciones de los artículos 7.1 y 7.2. 
  • La proporción en sus activos totales de las exposiciones a que se hace referencia en el artículo 7.3. 
  • La información cualitativa según el anexo XI. 

Las entidades de crédito también divulgarán la proporción de su cartera de negociación y de préstamos interbancarios a la vista en sus activos totales. Las empresas de seguros y reaseguros también divulgarán la proporción de las actividades económicas de seguros no de vida elegibles y no elegibles según la taxonomía.

  • Los indicadores clave de resultados de las empresas no financieras, incluida cualquier información que los acompañe con arreglo a los anexos I y II del reglamento se divulgarán a partir del 1 de enero de 2023.
  • Los indicadores clave de resultados de las empresas financieras, incluida cualquier información que los acompañe con arreglo a los anexos III, V, VII, IX y XI del reglamento se divulgarán a partir del 1 de enero de 2024. Las secciones 1.2.3 y 1.2.4 del anexo V se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026.

Estándares GRI

En la medida en que el artículo 49.6.e) del Código de Comercio hace referencia a que los indicadores clave de resultados no financieros del EINF deben cumplir con las directrices de la Comisión Europea en esta materia y los estándares de Global Reporting Initiative, es necesario resaltar que durante 2021 se publicaron los siguientes GRI Standards, que serán aplicables a los informes a partir de enero de 2023:

  • GRI 1: Fundamentos. Explica los conceptos clave para la elaboración de informes de sostenibilidad. En particular se señalan los requerimientos para elaborar informes “conforme a los Estándares GRI” y “utilizando como referencia los Estándares GRI”.
  • GRI 2: Contenidos Generales. Incluye 30 “contenidos” para que las organizaciones presenten información sobre sus prácticas de presentación de informes; actividades y trabajadores; gobernanza; estrategias, políticas y prácticas; y participación de los grupos de interés.
  • GRI 3: Temas Materiales. Ofrece orientaciones sobre cómo determinar los temas materiales.

Las normas sectoriales para petróleo y gas (GRI 11), carbón (GRI 12), así como agricultura, acuicultura y pesca (GRI 13), se han publicado durante 2021 y 2022 y están disponibles para uso público. El GRI 11 y el GRI 12 entrarán en vigor para la elaboración de informes publicados a partir del 1 de enero de 2023. El GRI 13 entrará en vigor para informes publicados a partir del 1 de enero de 2024.

Otras cuestiones relevantes a tener en cuenta en España

Asimismo, es necesario resaltar otros aspectos que se deberían tener en cuenta en España, tanto en los EINF como en su caso en otros informes que se realicen de manera voluntaria, en la elaboración de los informes de sostenibilidad que realicen las empresas durante los próximos años:

Informe anual sobre exposición financiera al cambio climático

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, las sociedades que estén obligadas a incluir en el informe de gestión un EINF, publicarán dentro de su informe de gestión (y en su web corporativa), un informe de carácter anual en el que se haga una evaluación del impacto financiero sobre la sociedad de los riesgos asociados al cambio climático generados por la exposición a este de su actividad, incluyendo los riesgos de la transición hacia una economía sostenible y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos.

De acuerdo con este artículo, dicho informe, cuyo contenido debe ser determinado por real decreto en el plazo de dos años desde la aprobación de la ley, incluirá los siguientes aspectos en las obligaciones de información que se establezcan:

  • La estructura de gobierno de la organización, incluyendo la función que sus distintos órganos desempeñan, en relación con la identificación, evaluación y gestión de los riesgos y oportunidades relacionados con el cambio climático.
  • El enfoque estratégico, tanto en términos de adaptación como de mitigación, para gestionar los riesgos financieros asociados al cambio climático, teniendo en cuenta los riesgos ya existentes en el momento de la redacción del informe, y los que puedan surgir en el futuro, identificando las acciones necesarias en dicho momento para la mitigación de tales riesgos.
  • Los impactos reales y potenciales de los riesgos y oportunidades asociados al cambio climático en las actividades de la organización y su estrategia, así como en su planificación financiera.
  • Los procesos de identificación, evaluación, control y gestión de los riesgos relacionados con el clima y cómo estos se integran en su análisis de riesgo de negocio global y su integración en la gestión global del riesgo por parte de la organización.
  • Las métricas, escenarios y los objetivos utilizados para evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades relevantes relacionados con el cambio climático y, en caso de que se haya calculado, el alcance 1, 2 y 3 de su huella de carbono y cómo se afronta su reducción.

Propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, en sus siglas en inglés)

El 21 de abril de 2021, la Comisión adoptó una propuesta de Directiva sobre la presentación de informes corporativos sobre la sostenibilidad, que modificará los requisitos de información existentes de la Directiva 2014/95/UE (que modifica la Directiva 2013/34/UE).

La propuesta de directiva tiene previsto modificar las siguientes disposiciones:

  • Directiva 2013/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo.
  • Directiva 2004/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de diciembre de 2004 sobre la armonización de los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores cuyos valores se admiten a negociación en un mercado regulado y por la que se modifica la Directiva 2001/34/CE.
  • Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2006 relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo.
  • Reglamento (UE) 537/2014 del Parlamento y del Consejo de 16 de abril de 2014 sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público y por el que se deroga la Decisión 2005/909/CE de la Comisión.

Los destinatarios de la directiva serán los Estados miembros. No obstante, el artículo 4, referente a la modificación del citado Reglamento 537/2014, será vinculante y directamente aplicable en todos los Estados miembros.

Normas de presentación de informes de sostenibilidad:         

  • El Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG, en sus siglas en inglés) está trabajando en un borrador de las normas europeas de presentación de informes de sostenibilidad (ESRS, en sus siglas en inglés) con el asesoramiento técnico de diversas agencias europeas.
  • Está previsto que, a más tardar el 30 de junio de 2023, la Comisión adopte los primeros actos delegados que especifiquen la información que las empresas deben comunicar.

Se prevé que la normativa se aplique en tres fases:

  • 1 de enero de 2024 para las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera.
  • 1 de enero de 2025 para las grandes empresas no sujetas en la actualidad a la Directiva sobre divulgación de información no financiera.
  • 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas, así como para el resto de empresas a las que aplicará la directiva.

El 21 de junio, la Unión Europea anunció un acuerdo provisional sobre esta directiva que deberá ser refrendado por el Consejo y el Parlamento Europeo antes de continuar con las etapas formales del procedimiento de adopción.

Deberemos esperar, no obstante, a la aprobación tanto del texto definitivo de la directiva para constatar qué objetivos concretos deben alcanzarse en los Estados miembros de la Unión Europea como de los actos delegados que especifiquen la información que las empresas deben comunicar.

Asimismo, la necesaria transposición al ordenamiento jurídico interno (en principio, los Estados miembros tendrán un plazo de 18 meses desde su entrada en vigor), con la excepción señalada anteriormente en relación con la aplicación directa del artículo 4, definirá los derechos y obligaciones que son finalmente instaurados.

Pacto Mundial de las Naciones Unidas

El preámbulo de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, señala que, al facilitar la información no financiera, las empresas obligadas deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o en marcos internacionales. Entre estos marcos se cita expresamente el Pacto Mundial de las Naciones Unidas. En este sentido, es necesario resaltar que el Pacto Mundial de las Naciones Unidas ha aprobado una nueva política sobre la Comunicación sobre el Progreso (CoP, en sus siglas en inglés), que incluye un cuestionario estandarizado respaldado por una plataforma digital y que entrará en vigor para las empresas participantes a partir de enero de 2023.

Otros estándares internacionales relevantes

Por último, también habrá que estar atentos a los trabajos que están realizando otras instituciones, como es el caso del IFRS - International Sustainability Standards Board.

En noviembre de 2021, la Fundación International Financial Reporting Standards (IFRS) anunció la creación de International Sustainability Standards Board (ISSB) cuyo objetivo es desarrollar estándares globales de divulgación relacionados con la sostenibilidad (IFRS Sustainability Disclosure Standards). Los dos primeros estándares en los que están trabajando son: uno sobre divulgaciones relacionadas con el clima y otro sobre divulgaciones generales relacionadas con la sostenibilidad.