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Las empresas deberán adaptar procesos de selección, formación y trabajo para determinados trabajadores con discapacidad intelectual

España - 

El Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, en vigor a partir del 2 de enero de 2027, requiere a las empresas, en el ámbito del empleo, garantizar ofertas accesibles, facilitar adaptaciones en las entrevistas y en los documentos y reuniones de trabajo, así como proporcionar apoyos y ajustes razonables cuando los trabajadores acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y discapacidad intelectual. 

El Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva en todo el territorio nacional y establece obligaciones específicas para las empresas en materia de empleo de aplicación cuando los trabajadores acrediten un porcentaje de discapacidad igual o superior al 33 % y una discapacidad intelectual mediante el certificado del apartado 1 de la DA1ª del Real Decreto 888/2022. 

Entre estas medidas destacamos las siguientes:

  • Formación e incorporación. Cuando así se solicite, la formación promovida por la empresa deberá respetar las recomendaciones de accesibilidad cognitiva y proporcionar documentación en lectura fácil y formatos alternativos. Por su parte, la documentación empleada en la formación en prevención de riesgos laborales y sobre pautas de actuación y protocolos de emergencia deberá contar con una versión en lectura fácil. Asimismo, se prevé que las empresas promuevan guías o manuales en lectura fácil y la designación de una persona de apoyo durante la incorporación y adaptación al puesto.
  • Acceso y selección. Las ofertas de empleo, sus condiciones y requisitos deberán publicarse de forma accesible y, en todo caso, en lenguaje sencillo. La adaptación de la entrevista podrá solicitarse, sin coste alguno.
  • Sistemas de fichaje. Los sistemas de fichaje y de autentificación en la sede electrónica empresarial deberán permitir un acceso que no requiera recordar una contraseña, ofrecer una alternativa ajustada a las capacidades cognitivas de la persona, establecer sistemas de doble verificación para el envío de informaciones y garantizar asistencia remota. 
  • Adaptación de documentos, reuniones y condiciones de trabajo. Los trabajadores podrán solicitar la adaptación de los documentos necesarios para las tareas encomendadas y de las reuniones en las que participen. Por su parte, la empresa deberá realizarla siempre que no suponga una carga desproporcionada y, si la supone, deberá comunicarlo por escrito y de forma cognitivamente accesible. 
  • Además, la empresa deberá proporcionar, a solicitud y con participación del trabajador, sistemas de apoyo y ajustes razonables relativos, entre otros aspectos, a los horarios, los tiempos asignados, la carga de trabajo y el uso de tecnologías de apoyo, y revisarlos periódicamente. 

La norma entrará en vigor el 2 de enero de 2027.