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COVID-19: Se reanudan los plazos y las labores presenciales en los órganos jurisdiccionales de México

México - 

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Con fecha 28 de julio de 2020, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), han emitido los Acuerdos 21/2020, 22/2020 y 14/2020, por medio de los cuales se establece la reanudación de plazos y términos suspendidos, así como el regreso escalonado a las actividades presenciales por parte de los diferentes órganos que integran el Poder Judicial de la Federación (PJF).

A este respecto, hay que destacar que, de acuerdo con lo establecido en los citados Acuerdos, los órganos jurisdiccionales del PJF se regirán del 3 de agosto al 31 de octubre de 2020 de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Se levanta la suspensión de plazos y términos procesales y se reactiva la recepción, radicación y tramitación de promociones presentadas físicamente, así como el desahogo de diligencias que requieran la presencia física.
  • En los juicios de amparo indirecto y aquellos en que se encuentre pendiente la celebración de la audiencia, la reanudación de plazos operará cuando se notifique la nueva fecha de audiencia constitucional.
  • La notificación de los asuntos resueltos y engrosados durante la contingencia se producirá escalonadamente, al igual que el emplazamiento, y regularización de devoluciones de expediente, estableciéndose como fecha límite para que se lleven a cabo estos trámites el 1 de octubre de este año.
  • El plazo de 60 días para la elaboración de engroses y emisión de votos iniciará el 3 de agosto para los asuntos resueltos con anterioridad al 15 de junio y el 17 de agosto para aquellos resueltos entre el 16 de junio y el 31 de julio de este año.
  • La regularización entre los expedientes físicos y electrónicos se llevará a cabo a más tardar el 15 de octubre de 2020.
  • Las citas para consulta de expedientes en físico iniciarán a partir del 10 de agosto de 2020.
  • Si los órganos jurisdiccionales reciben una cantidad de asuntos que sobrepase su capacidad productiva, durante el mes de agosto, de forma excepcional, contarán con un plazo adicional de hasta diez hábiles contados a partir de su recepción para realizar las acciones pertinentes para radicar los expedientes y en los casos en que el plazo para el dictado de resoluciones sea menor a cinco días, éste se duplicará, exceptuándose las quejas, que deben resolverse en 48 horas, y as apelaciones urgentes en materia penal que deben resolverse en un plazo de 12 horas.
  • En caso de requerimientos y apercibimientos a autoridades en juicio de amparo, se deberá tomar en consideración la reanudación de cada autoridad, para fijar plazos que les permitan estar en aptitud de cumplirlos.

Por lo que respecta a la consulta de expedientes y desahogo de comparecencia o requerimientos de forma presencial es importante señalar lo siguiente:

  • Se habilitará en el Portal de Servicios en Línea a partir del 3 de agosto de 2020, un micrositio en el link https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/ServiciosJurisdiccionales, en el cual las partes, representantes legales o sus autorizados podrán generar la cita a través de la opción “Agenda OJ”.
                    
    En estos casos, se otorgará un código QR vinculado con la cita, que permitirá el acceso al órgano jurisdiccional únicamente a la persona que solicite dicha cita, así como a un autorizado adicional.
  • Cuando el titular del órgano jurisdiccional sea quien cite físicamente a las partes o a diversas personas para una comparecencia, diligencia o audiencia, dicho órgano generará la cita en el sistema y los códigos QR respectivos.
  • Para los casos en que se requiera exhibir un documento o valor que no necesariamente requiera la presencia física de las partes, pero no pueda realizarse por medios electrónicos, se deberá presentar ante Oficialía de Partes Común, salvo que agenden cita para hacerlo directamente ante el órgano jurisdiccional.
  • Se habilitarán citas especiales para personas vulnerables frente al COVID-19.
  • Las citas durarán un máximo de 25 minutos, salvo cuando el órgano jurisdiccional cite a las partes (en estos casos la duración de la cita quede a consideración del propio órgano). Se podrá acceder a las instalaciones del órgano jurisdiccional desde 5 minutos antes de la hora de la cita y hasta 35 minutos después.
  • Se establecerán controles sanitarios para regular y restringir el acceso de quienes no cumplan con los lineamientos.
  • Se deberán respetar medidas de sana distancia conforme a la señalización respectiva y las personas deberán ser puntuales con las citas generadas. En caso de incumplir con éstos lineamientos se generará una llamada de atención y la reincidencia podría implicar la expulsión inmediata del recinto.
  • Habrá equipos de cómputo en los órganos jurisdiccionales, para consultar expedientes electrónicos en el Portal de Servicios en línea, previa cita agendada. De igual forma se colocarán teléfonos con las extensiones del personal que acuda presencialmente, para que se pueda contactar al personal del órgano para la atención correspondiente.
                        
    Para comunicaciones no procesales, se brindará atención vía telefónica y mediante herramientas tecnológicas de comunicación instantánea, como mensajes por dispositivos móviles y correos electrónicos. Respecto de la práctica de diligencias, audiencias y demás comparecencias, se podrán practicar mediante herramientas tecnológicas como videoconferencias.

Hay que destacar, asimismo, que las Oficinas de Correspondencia Común (OCC), se regirán por las siguientes reglas:

  • Las recepciones de los escritos iniciales se harán en el depósito de los buzones judiciales en todas las OCC del país, los cuales estarán habilitados de 8:30 a 20:00 horas para asuntos no urgentes. Los casos urgentes deberán ser depositados en el buzón judicial de lunes a jueves hasta las 14:30 horas. A partir de las 14:31, los viernes y fines de semana, se deberán presentar ante el órgano de guardia.
  • El personal adscrito a las OCC, realizará labores presenciales y remotas teniendo turnos matutinos de 8:30 a 14:30 y vespertinos de 14:31 a 20:00, salvo que no haya personal suficiente. Asimismo, deberán contar con equipamiento de seguridad y digitalizar paquetes depositados en buzones judiciales, verificar la documentación y preparar el envío físico. El personal que realice labores a distancia se encargará del turno remoto de los asuntos recibidos tanto físicamente como en el Portal de Servicios en Línea.
  • Si la documentación del buzón judicial está mal dirigida, se enviará electrónicamente a su destinatario y se le remitirán las constancias físicas por la vía más expedita.
  • En cada OCC se incluirá un listado de asuntos considerados como urgentes y reglas de atención y turno de esos asuntos, serán los previstos en el numeral en cita, los asuntos urgentes deberán ser registrados, turnados y entregados el mismo día de su depósito.
  • El registro de los asuntos presentados en buzón judicial, se realizará en el sistema computarizado, generándose la boleta de turno que contendrá los requisitos correspondientes.

Por su parte, las Oficinas de Partes Común (OPC), se regirán por las siguientes reglas:

  • Los turnos se dividirán en matutinos de 9:00 a 14:00 horas, para órganos que laboren por las mañanas y vespertino de 15:00 a 19:00 horas, para órganos que laboren por las tardes.
  • En cada OPC actuará una persona por máximo diez órganos jurisdiccionales. El rol será rotativo, por lo que cada órgano deberá enviar a una persona cada diez días hábiles. Dependiendo de la carga de trabajo, se podrá aumentar a dos personas, previo aviso a la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos.
  • En los edificios que concentren mayor número de órganos, se colocarán tantas OPC como sean necesarias.
  • Su ubicación será definida por la administración de cada edificio, pudiendo colocarse dentro o fuera del mismo.

En relación con el funcionamiento dentro de los órganos jurisdiccionales, se deberán considerar las reglas siguientes:

  • Para evitar la concentración de personas en los órganos jurisdiccionales, deberá procurarse que labore presencialmente la menor cantidad de personas, por lo que queda prohibido que se presente de manera simultánea más del 25% del personal en Tribunales Colegiados de Circuito y del 30% en Juzgados de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito y Centros de Justicia Penal Federal.
  • Se suspende el registro de control de asistencia. El acceso será controlado con los Códigos QR vinculados a los expedientes.
  • Existirán filtros sanitarios con control de temperatura, tapetes sanitizantes, gel antibacterial y cubrebocas, así como tomar la temperatura corporal o negar la entrada a aquellos que hayan presentado síntomas de COVID-19.
  • Las jornadas presenciales serán de cinco horas. Los órganos de cada edificio se dividirán hasta en ocho grupos repartidos en dos turnos, cada uno tendrá cuatro horarios de entrada y salida.
  • La Comisión Especial del CJF estará facultada para modificar en un circuito específico o en todo el país, el esquema de presencia controlada, considerando el avance de la contingencia sanitaria. En este sentido, se podrá regresar al esquema de contingencia (cancelando actividades jurisdiccionales), esquema de presencia mínima (división por turnos, 4 personas por ponencia, 3 en secretaría de acuerdos en tribunales colegiados y 6 en juzgados de Distrito) o esquema de presencia moderada (aumentando el horario presencial a 6 horas y autorizando la presencia de hasta máximo 50% del personal).
  • Las listas de sesión se publicarán en internet y se colocarán en los órganos jurisdiccionales en un espacio de fácil acceso para quienes acudan sin contar con una cita.
  • Se invitará a las partes para que, de estimarlo pertinente, transiten al esquema de actuación desde el Portal de Servicios en Línea o que propongan formas especiales y expeditas de contacto, como correos electrónicos y servicios de mensajería instantánea, tanto propios como de otros particulares parte del proceso, para entablar comunicaciones no procesales.
  • Cuando las notificaciones deban practicarse de manera personal, se llevarán a cabo con estricto apego a protocolos y lineamientos emitidos por la Dirección General de Servicios al Personal y por la Dirección General de Protección Civil y Salud en el Trabajo. Si una autoridad se niega a recibir oficio de notificación, ésta se tendrá por realizada.
  • Cuando las autoridades no tengan celebrados convenios de interconexión con el CJF en amparos urgentes, las notificaciones se harán por cualquier medio oficial, incluyendo un oficio digitalizado mediante la utilización de la Firma Electrónica.
  • Con independencia de si un juicio se tramitó en línea o físicamente, los titulares de los órganos procurarán el desahogo de diligencias utilizando videoconferencias. A través de éstas, se podrán realizar las protestas de cargos de peritos y ratificación de dictamen, salvo que exista imposibilidad material, donde se procurará hacer uso de equipos de cómputo disponibles en los órganos jurisdiccionales.
  • Las sesiones se celebrarán por videoconferencia y sin la presencia del público, pero tendrán los mismos efectos y alcances que si se celebraran físicamente. En caso de alguna falla técnica o situaciones que impidan el desarrollo de la sesión, la presidencia señalará medidas para continuar o posponerla.
  • La actuación a través del “juicio en línea” se llevará a cabo conforme al acuerdo general 13/2020 anteriormente publicado y señalado en la Alerta correspondiente.

Finalmente, hay que destacar que los referidos Acuerdos han señalado las modalidades a las que se sujetarán las labores de las áreas administrativas del CJF durante el mismo periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de octubre de 2020.

En cuanto a asuntos tramitados ante la SCJN, se establece que, por el mes de agosto de 2020, se levanta la suspensión de plazos en los asuntos de la competencia de ese Alto Tribunal, promoviendo el uso del Sistema Electrónico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, privilegiando la celebración a distancia de las audiencias y sesiones correspondientes

Derivado de todo lo anterior, reiteramos la importancia de que todas aquellas personas que se encuentren dentro de un proceso contencioso consideren los nuevos requisitos para el acceso físico a los expedientes y, en su caso, evalúen la continuidad de su asunto bajo la modalidad en línea.