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COVID-19: México amplía hasta el 31 de julio el plazo de suspensión de labores en físico del Poder Judicial y de reanudación de asuntos por la vía en línea

México - 

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) publicó nuevos acuerdos con los que amplía, de nuevo, el periodo de suspensión de labores presenciales para los juzgados y tribunales, con excepción de los designados en guardia.

El CJF emitió, Con fechas 8 y 25 de junio de 2020, los Acuerdos 12/2020, 13/2020, 14/2020, 15/2020 y 16/2020, por medio de los cuales estableció, fundamentalmente, las directrices que debían regir la reanudación de las actividades jurisdiccionales para los juicios federales durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y el 15 de julio de 2020. Dichos acuerdos y sus disposiciones fueron abordados aquí y aquí.

Pues bien, con fecha 13 de julio de 2020, el CJF ha publicado los acuerdos 18/2020 y 19/2020, por medio de los cuales ha ampliado nuevamente el periodo de suspensión de labores presenciales para los juzgados y tribunales hasta el 31 de julio de 2020, con excepción de aquellos que son designados para permanecer en guardia. Dicho acuerdos mantienen, no obstante, la posibilidad de reanudación de los asuntos si se opta por la vía en línea, con las consideraciones que ya mencionamos en esta alerta.

Finalmente, hay que señalar que estos acuerdos han ampliado también hasta el 31 de julio de 2020 el plazo durante el cual las áreas administrativas del CJF deberán operar bajo las restricciones especiales que se adoptaron como medidas de contingencias a través del acuerdo 17/2020.

Teniendo en cuenta lo anterior, reiteramos la importancia de que todas aquellas personas que se encuentren en la actualidad en el marco de un proceso contencioso evalúen su situación particular con vistas a determinar si es conveniente continuar bajo la modalidad tradicional del juicio o bien optar por alguna de las opciones aplicables.