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Chile: Se extienden hasta el 6 de junio de 2021 los beneficios y prestaciones del seguro de desempleo y otorga mayor flexibilidad para acceder al seguro de cesantía

Chile - 

Alerta Laboral Chile 

Un nuevo decreto supremo del Ministerio de Hacienda amplía las medidas de la Ley Nº 21.227 sobre la Protección al Empleo.

Con fecha 15 de febrero de 2021, se publicó la Ley Nº 21.312, que extendió la vigencia de la Ley Nº 21.227 de Protección al Empleo (LPE) y de la Ley Nº 21.263, que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso al seguro de desempleo e incrementó el monto de las prestaciones asociadas al mismo, con motivo de la pandemia del COVID-19.

La aplicación de la extensión de la vigencia de la LPE y de la Ley Nº 21.263 se encuentra sujeta a la dictación de decretos por parte del Ministerio de Hacienda, que deberán ser suscritos, adicionalmente, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, siempre y cuando concurran circunstancias objetivas como condiciones sanitarias del país, condiciones del mercado laboral o las realidades regionales asociadas al impacto del COVID-19.

En este contexto, con fecha 6 de marzo de 2021, el Ministerio de Hacienda dictó el Decreto Supremo Nº 279, por medio del cual se dan a conocer las principales novedades al respecto.

  1. La Ley Nº 21.312 extendió hasta el 06 de diciembre de 2021, el período durante el cual podrá aplicarse la suspensión laboral, sea por acto o declaración de autoridad, o por pacto de suspensión acordado entre las partes.
                  
    En virtud del Decreto Supremo Nº 279, la suspensión laboral sea por acto o declaración de autoridad, o por pacto de suspensión acordado entre las partes, se podrá continuar aplicando al menos, hasta el 06 de junio de 2021.
  2. La Ley Nº 21.312 extendió hasta el 06 de diciembre de 2021, el período durante el cual podrán otorgarse giros adicionales con cargo al fondo de cesantía solidario, para aquellos trabajadores cuyos contratos de trabajo se encuentren suspendidos por acto o declaración de autoridad, y que hayan agotado su derecho a obtener giros con cargo al fondo recién mencionado.
                  
    En virtud del Decreto Supremo Nº 279, los trabajadores que se encuentren en la situación antedicha podrán optar hasta un 15º giro adicional con cargo al fondo de cesantía solidario, hasta el 06 de junio de 2021.
  3. La Ley Nº 21.312 extendió hasta el 06 de diciembre de 2021, el período durante el cual podrá extenderse la vigencia de las modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.263 a la Ley Nº 19.728 de Seguro de Desempleo, vinculadas a una flexibilización de los requisitos de acceso, y a una mejora de las prestaciones de dicho seguro.
                   
    En virtud del Decreto Supremo Nº 279, las referidas modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.263 se encontrarán vigentes hasta el 06 de junio de 2021.

Cabe hacer presente que la extensión de la vigencia de la LPE, importa una extensión de la vigencia de la Ley 21.247 de Crianza Protegida, cuya duración se sujeta a la vigencia de las disposiciones del título I de la LPE.

La aplicación de una nueva extensión de los beneficios y prestaciones regulados en la LPE, como asimismo de los beneficios contemplados en la Ley Nº 21.263, a contar del 6 de junio y hasta diciembre del 2021, requerirá de la dictación de un nuevo decreto supremo por parte del Ministerio de Hacienda.