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Perú: Disponen la publicación de un proyecto normativo para actualizar criterios ambientales de inversiones en telecomunicaciones

Perú - 

El Ministerio del Ambiental publicó el proyecto de resolución que modifica el Listado de proyectos sujetos al SEIA, enfocándose en el sector comunicaciones. Entre los cambios destacan nuevos criterios unificados para zonas urbanas y rurales, así como ajustes en los umbrales de evaluación ambiental. 

El pasado 30 de mayo se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N.º 00139-2025-MINAM, la cual dispuso la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modifica la Primera Actualización del Listado de Inclusión de los Proyectos de Inversión Sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), aprobado mediante Resolución N.º 157-2011-MINAM.

Esta norma ha sido modificada en diversas ocasiones por el Ministerio del Ambiental (MINAM) en su calidad de ente rector del SEIA, con la finalidad de incorporar al listado proyectos de inversión de distintos sectores —como salud, transportes, vivienda, comunicaciones, agricultura, saneamiento y construcción— que pudieran tener un eventual impacto en el medio ambiente. En ese contexto, el proyecto normativo se centra en los proyectos de inversión del sector comunicaciones, utilizando como base a la Resolución Ministerial 076-2021-MINAM.

Entre los aspectos más relevantes del proyecto normativo se destacan los siguientes:

  • Se han unificado los criterios de sujeción al SEIA para los proyectos de inversión en telecomunicaciones independientemente de si se desarrollan en zonas urbanas o rurales, eliminando, así, la diferenciación que existía previamente.
  • Como novedad, el proyecto normativo prevé la sujeción al SEIA de los proyectos que contemplen la instalación de redes de telecomunicaciones mediante centro de datos (data center).
  • Con relación a los proyectos de despliegue de red de acceso mediante medios alámbricos u ópticos de transmisión y recepción, el proyecto normativo establece nuevos criterios para su sujeción al SEIA:
    • Despliegue aéreo: quedan sujetos al SEIA aquellos proyectos cuya extensión sea igual o mayor a 7,000 metros y/o que contemplen más de 223 postes, a diferencia del listado hoy vigente que prevé un despliegue aéreo mayor a 2000 metros sobre postería y/o elementos accesorios que excedieran de 10 cables por poste.
    • Despliegue subterráneo: se incluyen los proyectos que constituyan una nueva intervención y/o infraestructura igual o mayor a 6,500 metros lineales o canalizado. Anteriormente, se exigía la sujeción al SEIA de los proyectos ubicados en áreas rurales con despliegue aéreo mayor a 6,000 metros lineales, así como para aquellos ubicados en áreas urbanas o rurales con despliegue subterráneo mayor a 4,000 metros lineales.
  • En el caso de proyectos de infraestructura de telecomunicaciones que brindan servicios inalámbricos (servicio de voz, datos y videos tanto fijos como móviles), ya sea del tipo “poste” o “rooftop”, se ha propuesto la eliminación del criterio respecto de la sujeción al SEIA a aquellos cuyo cálculo teórico de Radiaciones No Ionizantes (RNI) supere el 50% del límite máximo permisible para exposición ocupacional o poblacional.
  • Respecto de los proyectos de infraestructura de telecomunicaciones que brindan servicios inalámbricos y son de tipo “greenfield”, se ha propuesto la eliminación del criterio respecto de la sujeción al SEIA a aquellos cuyo cálculo teórico de Radiaciones No Ionizantes (RNI) supere el 50% del límite máximo permisible para exposición ocupacional o poblacional. Por otra parte, de manera novedosa, el proyecto normativo prevé sujetar al SEIA a aquellos proyectos en áreas urbanas o rurales cuya altura conjunta de soporte y antena sea mayor o igual a 40 metros, en reemplazo del umbral de 30 metros establecido anteriormente para este tipo de infraestructuras.
  • Con relación a los proyectos de infraestructura de telecomunicaciones de estaciones de radiodifusión, el proyecto normativo ha incluido como criterio de sujeción al SEIA a aquellos proyectos cuya altura de soporte y antena en su conjunto sea igual o mayor a 40 metros. Asimismo, ha determinado eliminar la sujeción al SEIA de aquellos proyectos cuyo cálculo teórico de Radiaciones No Ionizantes (RNI) supere el 50% del límite máximo permisible para exposición ocupacional o poblacional.

Cabe resaltar que será posible que los interesados efectúen comentarios, aportes y sugerencias al proyecto normativo mediante la mesa de partes física del MINAM y/o a través de la dirección de correo electrónico [email protected] hasta el domingo 15 de junio de 2025.