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Perú: aprueban nuevas medidas restrictivas en el marco de la prevención de contagios por COVID-19

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Alerta Laboral Perú

Mediante el Decreto Supremo No. 186-2021-PCM, publicado el 23 de diciembre de 2021, se modificó el Decreto Supremo No. 184-2020-PCM, estableciendo una serie de medidas a ser adoptadas con la finalidad de salvaguardar la seguridad y salud de las personas ante el COVID-19 en el marco del Estado de Emergencia Nacional (EEN).

A continuación, los principales aspectos a tener en cuenta:

1. Prórroga del EEN

Se dispone prorrogar el ENN por un plazo de 31 días, contado a partir del 1 de enero de 2022 por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.

2. Nueva clasificación de las provincias en función al nivel de alerta

Se incorpora una nueva clasificación en función al nivel de alerta de cada provincia con medidas de restricción hasta el 2 de enero de 2022.

Todas las provincias se encuentran en nivel de alerta moderado, con excepción de Bagua, Chepén, Concepción, Huamanga, Huancavelica, Santa, Sullana, Piura, Segura, Talara y Virú, clasificadas con nivel de alerta alto.

3. Reducción de aforos

En el nivel de alerta moderado, se dispone reducir el aforo de actividades en espacios cerrados al 60%, con excepción de coliseos, gimnasios, casinos y tragamonedas, cuyos aforos no han sido modificados.

4. Carné de vacunación

A partir del 24 de diciembre de 2021, la verificación del carné físico o virtual de vacunación contra la COVID-19 debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.

5. Restricciones de ingreso al territorio nacional

Se prohíbe, hasta el 16 de enero de 2022, el ingreso de pasajeros peruanos y extranjeros residentes provenientes de Sudáfrica y Botsuana, o que hayan realizado escala en estos lugares durante los últimos 14 días.

Adicionalmente, los referidos pasajeros deben acreditar haber completado el esquema completo de vacunación contra la COVID-19 y contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas.

6. Uso obligatorio de mascarilla

Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.

7. Restricciones focalizadas para Navidad y Año Nuevo

En las provincias de nivel de alerta moderado, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios los días 24 y 31 de diciembre de 2021, desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, estando prohibido cualquier tipo de reunión o evento social.

Asimismo, durante los días 25, 26 y 31 de diciembre, así como los días 1 y 2 de enero de 2022, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas y piscinas públicas a nivel nacional.