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El Parlamento Europeo aprueba la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad

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Las empresas de la Unión Europea (UE) deberán divulgar información sobre el impacto de su actividad en las personas y el planeta, y sobre los riesgos de sostenibilidad a los que se enfrentan.

El 10 de noviembre de 2022 el Parlamento Europeo aprobó la propuesta de Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, en sus siglas en inglés) que pretende mejorar la rendición de cuentas de las empresas, al obligarlas a informar regularmente sobre el efecto de su actividad en las personas y el medio ambiente.

La propuesta de directiva modifica la Directiva 2013/34/UE, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y el Reglamento (UE) n.º 537/2014, por lo que respecta a la información corporativa en materia de sostenibilidad.

El objetivo es equiparar la información sobre sostenibilidad con la información financiera, permitiendo al público acceder a datos fiables y comparables. También supondrá un avance hacia el establecimiento de estándares sobre sostenibilidad a nivel global.

Nuevos estándares europeos sobre sostenibilidad

La nueva legislación trata de cubrir la insuficiencia de información no financiera que se traslada al mercado y, para ello, introduce obligaciones más detalladas sobre el impacto de las empresas en el medio ambiente, los derechos humanos y el ámbito social, basados en criterios comunes en línea con los objetivos de la UE sobre el clima. La Comisión aprobará los primeros estándares en junio de 2023. De esta forma, se equipara la información financiera y de sostenibilidad y se garantiza el acceso digital a la información sobre sostenibilidad.

Además, para asegurarse de que las empresas ofrecen información fiable al mercado y que los inversores cuentan con datos comparables, estarán sujetas a auditorías independientes y procesos de certificación.

Ámbito de aplicación

Los nuevos requisitos de información sobre sostenibilidad de la UE se aplicarán a todas las grandes empresas, coticen o no en los mercados de valores. Las empresas no comunitarias con actividad sustancial en la UE (con un volumen de negocios superior a 150 millones de euros en la UE) también tendrán que cumplirlas, al igual que las pymes que cotizan en bolsa.

Próximos pasos

El Consejo tiene previsto aprobar el texto el 28 de noviembre y posteriormente se publicará en el Diario Oficial de la UE. Entrará en vigor a los veinte días de su publicación y las normas serán de obligado cumplimiento para las empresas en las siguientes tres fases:

  1. A partir del 1 de enero de 2024 para grandes empresas de interés público (más de 500 empleados) ya sujetas a la directiva sobre información no financiera, que deberán entregar sus informes en 2025;
  2. Desde el 1 de enero de 2025 para las grandes compañías no sujetas a la directiva sobre información no financiera (más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos totales), que deberán entregar sus informes en 2026; y
  3. A partir del 1 de enero de 2026 para las pymes cotizadas y otras empresas, que deberán entregar sus informes en 2027.