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Newsletter Tributario - Octubre 2019 | Normas de interés

España - 

Se publica el nuevo protocolo del Convenio entre España y Estados Unidos

El 23 de octubre de 2019 se publicó en el BOE el Protocolo y su Memorando de entendimiento, que modifican el Convenio entre España y Estados Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.

En nuestro Comentario de 28 de octubre de 2019 se han resumido los principales aspectos de esta norma.

 

Se regula cómo acreditar la residencia de fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva a efectos de determinadas exenciones

En el BOE de 19 de octubre se ha publicado el Real Decreto 595/2019, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio), para regular cómo los fondos de pensiones e instituciones de inversión colectiva podrán acreditar su residencia fiscal a efectos de la aplicación de determinadas exenciones previstas en dicho Reglamento.

Nos remitimos a nuestro Comentario de 25 de Octubre de 2019, en el que hemos resumido este Real Decreto.

 

Canarias fija medidas excepcionales para aplazar cuotas del IGIC afectadas por el caso Thomas Cook

El 21 de octubre de 2019 se ha publicado en el BOE la ORDEN de 17 de octubre de 2019, por la que se establecen medidas excepcionales para la concesión de aplazamiento de determinadas cuotas devengadas por el Impuesto General Indirecto Canario, y no satisfechas por entidades integradas en el grupo empresarial Thomas Cook, en determinados períodos de liquidación del año 2019.

Nos remitimos a nuestra Alerta de 21 de octubre de 2019 para un mayor detalle.

 

Se desarrolla el régimen obligatorio de llevanza de contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación

En el BOE de 5 de octubre de 2019 se ha publicado la Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se desarrolla la llevanza de contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación y, en su caso, de las materias primas necesarias para su obtención.

En concreto, se determinan las condiciones, plazos y procedimientos relativos a la llevanza de esa contabilidad y a su suministro a la AEAT.

En el caso de fábricas, depósitos fiscales, depósitos de recepción, almacenes fiscales y fábricas de vinagre, el cumplimiento de esta obligación se llevará a cabo a través de un sistema contable en soporte informático en la sede electrónica de la AEAT. En el resto de casos se puede optar por llevar esta contabilidad bien a través de la sede electrónica, bien mediante libros foliados en soporte papel o, finalmente, a través de un sistema contable en soporte informático.

Esta Orden entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2020.

 

Aprobado el tipo de interés efectivo anual del cuarto trimestre, a efectos de calificar determinados activos financieros

En el BOE de 27 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución de 26 de septiembre de 2019, de la Secretaria General del Tesoro y Financiación Internacional que, como viene siendo habitual, indica los tipos de referencia aplicables para el cálculo del tipo de interés efectivo anual a efectos de calificar tributariamente determinados activos financieros, esta vez para el cuarto trimestre natural de 2019. Los tipos son los siguientes:

  • Activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años: -0,382 por 100.
  • Activos con plazo superior a cuatro años, pero igual o inferior a siete: -0,265 por 100.
  • Activos con plazo de diez años: 0,169 por 100.
  • Activos con plazo de quince años: 0,519 por 100.
  • Activos con plazo de treinta años: 1,023 por 100.

En el resto de los casos será de aplicación el tipo de referencia correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.