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Newsletter Tributario - Abril 2021 | Normas de interés

Se traspone al ordenamiento nacional la Directiva de IVA relativa a las ventas a distancia a consumidores finales

El Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, publicado en el BOE del 28 de abril, ha traspuesto las modificaciones de la Directiva de IVA para las ventas a distancia a consumidores finales. Esta trasposición es de gran trascendencia, dado el crecimiento de las ventas online. Las nuevas reglas se aplicarán a partir del próximo 1 de julio de 2021.

Nos remitimos a nuestra alerta de 10 de mayo de 2021 para un mayor detalle.

 

Se reducen los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas

En el BOE de 28 de abril de 2021 se publicó la Orden HAC/411/2021, de 26 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2020 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

La Administración tributaria podrá solicitar información sobre la identidad de los beneficiarios últimos de las acciones a las personas o entidades que la conozcan o puedan conocer

En el BOE de 13 de abril de 2021 se publicó la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Como destacamos en nuestra alerta de 13 de abril de 2021, esta nueva ley tiene por objeto la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.

En el ámbito tributario se modifica, además, el artículo 93 de la Ley General Tributaria.

Este artículo establece que las personas físicas y jurídicas y las entidades en régimen de atribución de rentas están obligadas a proporcionar a la Administración tributaria datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas. El propio artículo 93 ofrece un listado, en su apartado 1, de aquellas personas o entidades que, en particular, se entiende que cumplen con dichos requisitos (como, por ejemplo, los retenedores o las entidades depositarias de dinero).

Se añade ahora un nuevo supuesto entre estas personas o entidades. En concreto, se establece que estarán obligados a dar la información que reglamentariamente se establezca, quienes conozcan o estén en disposición de conocer la identificación de los beneficiarios últimos de las acciones. 

 

DAC 6: Se aprueban el reglamento que completa la trasposición de la directiva y los modelos de declaración y comunicación entre particulares

En el BOE de 30 de diciembre de 2020 se publicó la Ley 10/2020, de 29 de diciembre, por medio de la cual se iniciaba la trasposición de la Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, referida al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información (DAC 6) en España.

Posteriormente, el 7 de abril de 2021, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 243/2021, de 6 de abril, que modifica el reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio). Por medio de esta norma, se completa la transposición de la mencionada directiva.

En nuestro comentario de 9 de abril de 2021, se resumen los aspectos fundamentales de la trasposición de la DAC 6 en España.

Finalmente, en el BOE de 13 de abril de 2021, se publicaron:

a) La Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración (modelos 234, 235 y 236), que deberán ser utilizados por los intermediarios y/o obligados tributarios para cumplir con sus obligaciones de información.

b) La resolución de 8 de abril de 2021 del Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT, por la que se aprueban los modelos de comunicación entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos para los supuestos en que los intermediarios u obligados tributarios no estén obligados a presentar los modelos de declaración.

En nuestra alerta de 13 de abril de 2021, se resumen estas dos normas.

 

Los beneficiarios de prestaciones por ERTE podrán fraccionar el pago del IRPF de 2020

En el BOE de 7 de abril de 2021 se publicó la Orden HAC/320/2021, de 6 de abril, que regula la posibilidad de aplazar y fraccionar el pago de la deuda de IRPF por quienes hayan sido beneficiarios de prestaciones vinculadas a ERTE.

En nuestra alerta de 7 de abril de 2021 se resumen las principales implicaciones de esta orden.