Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Entrada en vigor y régimen transitorio de la ley que fomenta la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas

España - 

Alerta Mercantil España

El 13 de abril de 2021 se ha publicado en el BOE la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas. Se detallan a continuación las reglas aplicables a su entrada en vigor y su régimen transitorio.

La ley tiene por objeto la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017, por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas. Asimismo, la ley aprovecha para introducir otras modificaciones y novedades relevantes en el ordenamiento jurídico español, sobre todo en materia de gobierno corporativo y para el fomento y mejora del funcionamiento de los mercados de capitales. En este comentario analizábamos las principales medidas que incorpora la nueva regulación.

Entrada en vigor 

La ley entrará en vigor el 3 de mayo de 2021.

Régimen transitorio

No obstante la fecha de entrada en vigor:

  • Las modificaciones relativas a la política de remuneraciones (artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital) entrarán en vigor el 14 de octubre de 2021. Las sociedades deberán someter a aprobación la política de remuneraciones adaptada a dichas modificaciones en la primera junta general que se celebre con posterioridad a esa fecha.
  • El contenido obligatorio adicional del informe anual sobre remuneraciones de los consejeros (artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital) resultará aplicable a los informes correspondientes a los ejercicios cerrados a partir del 1 de diciembre de 2020.
  • El nuevo régimen de operaciones vinculadas aplicable a las sociedades cotizadas entrará en vigor el 4 de julio de 2021.
  • La exigencia de que los consejeros de sociedades cotizadas sean personas físicas será aplicable a los nombramientos, incluidas renovaciones, que se produzcan a partir del 13 de mayo de 2021. Mientras subsistan consejeros personas jurídicas será de aplicación a las personas físicas que los representen lo dispuesto en el artículo 529 decies, apartado 7, de la Ley de Sociedades de Capital suprimido en virtud del apartado veintitrés del artículo tercero de la ley.
  • Las obligaciones de información sobre el fomento de la implicación de los trabajadores en la empresa (modificación del artículo 49, apartado 6. II Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal del Código de Comercio), entrarán en vigor el 14 de abril de 2022.
  • Para la adaptación a las nuevas obligaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 47 ter y en el artículo 47 quater de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se dispondrá hasta el 3 de agosto de 2021. La primera publicación de la información contenida en los apartados 2 y 3 del artículo 47 ter será la referida al primer ejercicio completo a partir del 3 de mayo de 2021 al que haya sido de aplicación la política de implicación definida de acuerdo con el apartado 1 de dicho artículo.