Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

México: Guía esencial sobre el régimen IMMEX y otros programas complementarios para el impulso de la manufactura de exportación

México - 

El Programa IMMEX es una herramienta clave para promover la manufactura de exportación en México, al permitir la importación temporal de insumos y maquinaria con beneficios fiscales y aduaneros. Resulta fundamental conocer su marco legal, ventajas, obligaciones e interacción con tratados internacionales, así como los programas complementarios que fortalecen la competitividad de las empresas exportadoras.

Desde hace varias décadas, México ha aprovechado su proximidad geográfica con Estados Unidos mediante la implementación de diversos programas orientados al fomento de actividades de manufactura, comúnmente con el objetivo de la exportación de productos terminados.

A través de iniciativas como el Programa de la Industria Maquiladora de Exportación (Maquila) y el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (PITEX), el gobierno mexicano buscó posicionar al país como un centro de manufactura de exportación.

Hoy en día, las operaciones de "maquila" o similares se refieren a las actividades realizadas por una empresa que opera bajo el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), que permite la importación temporal a México de materiales, partes y componentes, entre otros artículos necesarios para la fabricación de productos terminados y su posterior exportación, incluyendo maquinaria y equipo que se requieran para dichos procesos productivos.

La importación temporal bajo el decreto IMMEX permite el diferimiento, en general, del pago de impuestos de importación. Sin embargo, se debe pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a la importación de productos aún bajo un régimen temporal, salvo que el importador obtenga también el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS (RECE o CIVA), que permite obtener un crédito fiscal por el monto que hubiera correspondido al pago de dicho impuesto a la importación.

La industria IMMEX se rige por el decreto IMMEX, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006 yanteriormente conocido como Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación (1998). Derogó el Decreto que establece programas de importación temporal para producir artículos de exportación, también conocido como Decreto PITEX (publicado en el DOF el 3 de mayo de 1990).  Además del Decreto IMMEX, las empresas que realizan este tipo de actividades se rigen por disposiciones especiales en la Ley Aduanerael Reglamento de la Ley Aduanera, las Reglas Generales en Materia de Comercio Exterior (RGCE) emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así como diversas reglas y criterios emitidos por la Secretaría de Economía (SE).

Características clave de un programa IMMEX

  • Tipos de mercancías a importar bajo un programa IMMEX

Como se indicó anteriormente, una empresa que opera bajo un Programa IMMEX se encuentra autorizada para la importación temporal de maquinaria y equipo (M&E), materiales, partes y componentes necesarios para la fabricación de los bienes de exportación como son:

  1. Lubricantes y otros materiales que se vayan a consumir durante el proceso productivo de la mercancía de exportación, con excepción de petrolíferos; materias primas, partes y componentes que se vayan a destinar totalmente a integrar mercancías de exportación; envases y empaques; y etiquetas y folletos.
  2. Contenedores y cajas de tráileres.
  3. Maquinaria, equipo, herramientas, instrumentos, moldes y refacciones destinados al proceso productivo; equipos y aparatos para el control de la contaminación; para la investigación o capacitación, de seguridad industrial, de telecomunicación y cómputo, de laboratorio, de medición, de prueba de productos y control de calidad; así como aquellos que intervengan en el manejo de materiales relacionados directamente con los bienes de exportación y otros vinculados con el proceso productivo; y equipo para el desarrollo administrativo.
  • Plazo de las importaciones temporales

Las mercancías importadas temporalmente al amparo del programa IMMEX pueden permanecer en México durante plazos específicos establecidos por la Ley Aduanera, el decreto IMMEX y las RGCE, los cuales varían entre seis y dieciocho meses en términos generales, con excepción de la M&E, que puede permanecer bajo el régimen temporal hasta en tanto la autorización de operación de una empresa bajo el programa IMMEX se encuentre vigente.

  • Ventas en el mercado interno

Tradicionalmente, el propósito del programa IMMEX ha sido incentivar la producción de bienes de exportación. Sin embargo, se permite a las empresas que realizaban estas actividades con anterioridad vender una parte de su producción en el mercado interno mexicano, sujeto a ciertas medidas de control, al pago de contribuciones -aranceles, cuotas compensatorias, Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Derecho de Trámite Aduanero (DTA) - y al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias que resulten aplicables.

  • Transferencias entre IMMEX

También es posible la transferencia de mercancías, incluyendo materiales, partes y componentes, M&E y productos terminados entre empresas que operan bajo un programa IMMEX. Cuando se cumplan ciertos requisitos, dichas transferencias pueden ser tratadas como exportaciones por la empresa que transfiere (en cuyo caso, en términos generales, la venta no se trata como una venta en el mercado interno sino como una venta de exportación). 

La empresa que transfiere se hace responsable solidaria de las contribuciones aplicables si la mercancía en cuestión se importa posteriormente a México con carácter definitivo, sin cumplir con las obligaciones y medidas de control aplicables, en lugar de ser exportada.

Programa IMMEX y tratados de libre comercio

El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) establece reglas específicas para las empresas que operan bajo el programa IMMEX, especialmente cuando usan insumos que no son originarios de México, Estados Unidos o Canadá, sino de otros países.

Bajo IMMEX, las empresas pueden importar temporalmente difiriendo el pago de aranceles, siempre y cuando eventualmente se exporten los productos finales en los cuales dichas mercancías originarias fueron incorporadas. Sin embargo, el T-MEC indica que, si estos materiales no originarios se usan para fabricar productos que se van a exportar a otro país del T-MEC, entonces sí se deberán pagar los aranceles como si se hubieran importado de manera definitiva.

La razón principal de esta regla es evitar que los productores se beneficien dos veces: primero, al no pagar aranceles por usar insumos no originarios, y segundo, al exportar el producto final con trato preferencial gracias al T-MEC.

Para enfrentar esta limitación, México creó el programa PROSEC, que permite pagar aranceles reducidos o incluso exentarlos en el caso de ciertos insumos clave, aunque no sean originarios, ayudando así a mantener competitivos los costos de producción en industrias como la electrónica, automotriz o textil, entre otras.

  • IMMEX y los tratados comerciales europeos

Las disposiciones del T-MEC sólo se aplican al reembolso o exención de aranceles de importación sobre materiales utilizados en la producción de productos terminados para la exportación a los Estados Unidos o Canadá.

Si los productos terminados tienen como destino algún país fuera de América del Norte, no existen tales restricciones en el T-MEC sobre la devolución o exención de aranceles, aunque existen restricciones similares en los acuerdos de libre comercio de los que México es parte, como el acuerdo de libre comercio con la Unión Europea (TLCUEM) y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).

Beneficios y obligaciones para operar un programa IMMEX

  • Principales beneficios:
    • La importación temporal de mercancías al amparo de un programa IMMEX está exenta de la mayoría de las regulaciones y restricciones no arancelarias como pueden ser algunos permisos previos de importación, cuotas compensatorias y Normas Oficiales Mexicanas (NOM), entre otros, pudiendo transferir dichas mercancías a otras empresas que operan al amparo de este mismo programa.
    • La importación temporal de mercancías (distintas de M&E) se realiza difiriendo los aranceles aplicables a la importación y, en caso de que quien importe cuente también con autorización de CIVA, puede evitar el pago del IVA correspondiente.
    • Se permite considerar como desperdicios los materiales que ya manufacturados en el país sean rechazados por control de calidad, así como los que se consideran obsoletos por avances tecnológicos.
    • Uso de pedimentos consolidados para agilizar operaciones.
  • Principales obligaciones
    • Realizar anualmente ventas al exterior por un valor superior a 500,000 dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional, o bien facturar exportaciones cuando menos por el 10% de su facturación total.
    • Contar con un sistema automatizado de control de inventarios, aplicando el método contable Primeras Entradas, Primeras Salidas (PEPS) para registrar la importación temporal y exportación de los materiales incorporados a los productos terminados, así como respecto de los M&E importados bajo el Programa IMMEX.
    • Vincular las mercancías importadas a los procesos que se realicen conforme al Programa IMMEX, manteniéndose éstas en los domicilios específicamente autorizados por la SE.
    • Las mercancías importadas temporalmente deberán permanecer bajo importación temporal durante los plazos prescritos. Para cumplir con esta obligación, las empresas que operen bajo este programa deberán retornar las mercancías al extranjero, transferirlas a otras empresas que realicen actividades maquiladoras o darles un destino aduanero (cambio de régimen de importación temporal a definitiva, destrucción y donación, entre otros) dentro de los plazos antes mencionados.
    • Cuando se trate de las mercancías consideradas como sensibles, listadas por fracción arancelaria en el anexo II del decreto IMMEX publicado por la SE, se debe obtener previo a su importación una autorización de ampliación al programa.
    • Presentar un informe mensual ante el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) que contenga información estadística sobre los empleados de la empresa involucrados en la operación bajo el Programa IMMEX.
    • Presentar ante la SE un informe anual sobre sus operaciones de comercio exterior denominado Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior (RAOCE).
    • Presentar ante la SE y el SAT los avisos relacionados con las modificaciones en su razón social, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), socios o accionistas, representantes legales, o domicilios en donde lleve a cabo operaciones bajo el programa IMMEX.

Programas adicionales disponibles para IMMEX

Las empresas que operan bajo un programa IMMEX pueden acceder a diferentes programas de importación que les permiten aplicar beneficios adicionales, como los siguientes:

  1. CIVA: esta autorización permite la aplicación de un crédito fiscal del 100% del IVA aplicable a la importación temporal.
  2. Programa PROSEC: este programa otorga beneficios a las empresas que lleven a cabo un proceso productivo relacionado con distintos sectores seleccionados por la SE relacionados con la aplicación de una tasa exenta o preferencial de aranceles para la importación de materias primas y componentes, así como maquinaria y equipo, con independencia de su país de origen.
  3. Regla 8ª: aquellas empresas que cuenten con autorización para el programa PROSEC podrán obtener un permiso previo de importación para la importación con tasa exenta para ciertos insumos que se utilicen para la fabricación de productos terminados autorizados bajo su programa PROSEC, cuando su importación sea necesaria para diversificar fuentes de abasto, por inexistencia o insuficiencia de producción nacional, o cumplir obligaciones comerciales internacionales, entre otros criterios.

Otras consideraciones

Finalmente, además de evaluar los beneficios y obligaciones asociados al programa IMMEX y demás programas de fomento a las exportaciones, es fundamental analizar la estructura operativa de la empresa desde una perspectiva integral.

En particular, resulta clave definir el modelo de operación más adecuado desde el punto de vista fiscal, considerando los efectos en el Impuesto sobre la Renta (ISR) y el régimen de tributación aplicable.

Asimismo, deben tomarse en cuenta elementos estratégicos relacionados con la cadena de suministro, como la ubicación de proveedores y clientes, el flujo de mercancías, los costos logísticos, los tiempos de entrega y particularidades operativas de la industria en particular. Estos factores, junto con consideraciones corporativas, regulatorias, y aduaneras, influyen directamente en la eficiencia operativa y el aprovechamiento óptimo de los programas de comercio exterior.