Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

México: La Comisión Reguladora de Energía publicó nuevas reglas para la tramitación de permisos para generar energía eléctrica

México - 

Comentario Energía México

Las novedades se traducen en un aumento de la carga regulatoria: se incrementan los requisitos para acreditar las capacidades legal, técnica y financiera de los solicitantes y las obligaciones que estos asumen al otorgarse el permiso.

El 30 de marzo de 2022 se publicó el Acuerdo Núm. A/006/2022 por el que se expiden las nuevas Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) que establecen los términos para presentar la información relativa al objeto social, capacidad legal, técnica y financiera, así como la descripción del proyecto, y el formato de la solicitud de permisos de generación de energía eléctrica.

Estas nuevas disposiciones sustituyen a las publicadas el 8 de abril de 2015, con el objeto de actualizar el detalle de la información señalada en las solicitudes de permiso de generación de energía eléctrica y que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) cuente con mayores elementos para la evaluación de las solicitudes.

En síntesis, las DACG incorporan mayores requisitos para acreditar las capacidades legal, técnica y financiera de los solicitantes, así como obligaciones que deberán cumplirse una vez otorgado el permiso, incrementando considerablemente la carga regulatoria y la discrecionalidad de la CRE en los procedimientos de evaluación de solicitudes y de revocación de permisos de generación de energía eléctrica.

Capacidad legal

  • De particular relevancia, las DACG exigen la presentación de información que permita identificar la estructura del capital social del solicitante, partiendo de sus socios o accionistas directos e indirectos hasta llegar al nivel de persona física, así como manifestar el grupo de interés económico al que pertenece el solicitante y si personas pertenecientes a ese grupo cuentan con permisos otorgados por la CRE o la Secretaría de Energía.
  • Adicionalmente, se deberá proporcionar a la CRE copia de la cédula de identificación fiscal del solicitante, de sus socios o accionistas y de las personas o grupos de personas que tengan el control de la sociedad solicitante, que ostenten cualquier proporción de las acciones y/o derechos inherentes a la participación en la estructura corporativa y de capital social de esta.

En relación con lo anterior, no es clara la consecuencia que podría tener el que una o más personas pertenecientes al grupo de control o interés económico del solicitante cuenten con otros permisos del sector energía.

Capacidad técnica

  • Tratándose de centrales de generación en abasto aislado, deberán describirse las “necesidades propias” del proyecto, lo cual es congruente con el reciente Acuerdo de la CRE por el que se emitió el nuevo criterio interpretativo de dicho concepto.
  • De manera destacada, los solicitantes deberán contar con el estudio de impacto (el segundo de los estudios de interconexión) o impacto versión rápida (estudio de interconexión para centrales con capacidad de 0.5 a 10 MW), el cual deberá estar a nombre de la razón social del solicitante.

Este nuevo requisito tendrá un impacto relevante en el desarrollo de los proyectos de generación eléctrica ya que, para estar en posibilidad de solicitar un permiso de generación, deberá haberse detonado previamente el procedimiento de interconexión, lo que implicará cumplir con los subsecuentes pasos y plazos de interconexión bajo pena de perder validez los estudios ya obtenidos y los derechos gubernamentales pagados.

  • El programa de obras deberá contener cuando menos cinco etapas (anteriormente no se establecía un número mínimo), indicándose las fechas de inicio y conclusión para cada una de ellas. Considerando que el incumplimiento con las fechas de inicio de actividades constituye una causal de revocación, a mayor número de etapas, mayor será el riesgo de revocación del permiso.

Capacidad financiera

  • Las actuales DACG, a diferencia de las anteriores, establecen los elementos mínimos que deberá contener el plan de negocios, tratándose de centrales que aún no están en operación:
    • monto de la inversión y documentación de soporte de los costos presentados;
    • TIR;
    • costos desglosados de O&M;
    • flujos de capital;
    • periodo de operación e ingresos totales proyectados durante el mismo;
    • razón deuda capital; y
    • financiamiento.
  • Como parte de la documentación relativa al monto de inversión, las DACG ahora exigen la presentación de una carta en la que el solicitante se comprometa a presentar a la CRE la documentación de soporte del monto de la inversión efectivamente realizada, al inicio de operaciones del permiso.
  • Si bien los elementos del programa de financiamiento no sufrieron cambios sustanciales, ahora los estados financieros de los 2 años anteriores a la fecha de solicitud del permiso deberán ser auditados por contador que cuente con registro vigente en el Registro de Contadores Públicos del Servicio de Administración Tributaria.

Obligaciones para el caso de otorgarse el permiso de generación

Entre los aspectos novedosos de las DACG está la imposición de obligaciones al permisionario, para el caso de otorgarse el permiso:

  • Dentro de los 90 días naturales siguientes a la notificación del permiso, deberá presentarse a la CRE una serie de manuales, mecanismos, códigos, procedimientos, políticas y programas, relativos al “debido control” del permisionario, que nada tienen que ver con los aspectos técnicos de la operación de una central de generación y menos aún con el cumplimiento del permiso de generación.
  • Bajo pena de sanción administrativa y/o revocación del permiso, se exige a los permisionarios:
    • celebrar en tiempo y forma los contratos de interconexión y de participante de mercado;
    • obtener las autorizaciones o permisos requeridos por otras autoridades respecto a la actividad permisionada, al inicio de la etapa de las pruebas de comportamiento (en franca contravención a lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley de la Industria Eléctrica);
    • cumplir con el resolutivo y recomendaciones de la SENER en materia de impacto social;
    • proporcionar a la CRE cada 60 días hábiles un informe respecto al avance de cada una de las etapas del programa de obras;
    • informar a la CRE cualquier cambio a la estructura accionaria o en el plan de negocios, y;
    • presentar a la CRE la documentación soporte del monto de la inversión efectivamente realizada, entre otras obligaciones.

A este respecto, si bien Ley de la Industria Eléctrica (LIE) faculta a la CRE para regular la información relativa al objeto social, capacidad legal, técnica y financiera del solicitante, y la descripción del proyecto, las actuales DACG parecen generar nuevas obligaciones a los titulares de permisos de generación, no previstas en la propia LIE.

Medios de impugnación

Las DACG pueden ser impugnadas mediante el juicio contencioso administrativo federal ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha en que haya surtido efectos la notificación de la resolución que constituya el acto de aplicación de las DACG, y/o mediante el juicio de amparo indirecto ante los Juzgados de Distrito, dentro de los 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del primer acto de aplicación de las DACG.