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Elementos del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) en la Ciudad de México para 2024 podrían determinar nuevamente su declaración de inconstitucionalidad

México - 

A la hora de adquirir inmuebles, convendría analizar la posibilidad de promover acciones legales que permitan verificar la constitucionalidad (o no) del impuesto y, con ello, optar a la devolución de las cantidades ingresadas de manera indebida.

El 23 de septiembre de 2022, el Pleno en Materia Administrativa del Primer Circuito resolvió que el artículo 113 del Código Fiscal de la Ciudad de México vigente en 2020 y 2021, que contenía la tarifa para el cálculo del impuesto sobre adquisición de inmuebles, violaba el principio de proporcionalidad tributaria al no existir una progresividad en la tarifa que llevase a que los sujetos obligados contribuyeran al gasto público de manera proporcional a su capacidad contributiva.

Pues bien, es importante destacar que en 2024 existen elementos del impuesto que podrían permitir la interposición de medios de defensa constitucional y legal para obtener nuevamente la declaración de inconstitucionalidad.

Hay que recordar que están obligadas al pago del ISAI en la Ciudad de México las personas físicas y las morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo, en las construcciones o en el suelo y las construcciones adheridas a él.

En este contexto, en caso de realizar operaciones de adquisición de inmuebles en la Ciudad de México, sería recomendable verificar la viabilidad de promover los medios legales de defensa correspondientes para tratar de conseguir la declaratoria de inconstitucionalidad del impuesto y, con ello, la devolución de las cantidades que se hubieran ingresado de manera indebida.