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COVID-19: Vizcaya realizará los cargos en cuenta no efectuados en abril a partir del 21 de mayo

España - 

Alerta Tributario País Vasco

El 20 de mayo de 2020 se ha publicado la Orden Foral 992/2020, de 18 de mayo, por la que se autoriza el cargo en cuenta de determinadas domiciliaciones bancarias en una fecha distinta de la establecida en el artículo 17.1 del Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia.

El 17 de marzo de 2020 se aprobó el Decreto Foral Normativo 1/2020, por el que, entre otras medidas, se ampliaron los pazos de presentación e ingreso de autoliquidaciones, declaraciones y liquidaciones de determinados contribuyentes (vea nuestra alerta). Como consecuencia de ello, la Hacienda Foral vizcaína modificó su sistema informático de domiciliaciones en cuenta. Esta modificación informática afectó también a contribuyentes no beneficiados por la extensión de plazos, a los cuales no se les ha realizado (durante los días 27, 28, 29 y 30 de abril) el correspondiente cargo en cuenta por las autoliquidaciones cuyo período voluntario de presentación e ingreso finalizó el 27 de abril de 2020.

Para solucionar dicha situación, mediante la Orden Foral 992/2020, se autoriza el cargo en cuenta del importe correspondiente a las autoliquidaciones cuya domiciliación no se realizó en plazo, en el período comprendido entre el 21 de mayo de 2020 y los tres días hábiles posteriores.