COVID-19: Navarra amplía los plazos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio de 2019 y elimina la modalidad de atención presencial
Alerta Tributario Navarra
En el BON de 6 de mayo de 2020 se ha publicado la Orden Foral 61/2020, de 30 de abril, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al período impositivo 2019, se dictan las normas para su presentación e ingreso y se determinan las condiciones y procedimiento para su presentación por medios electrónicos.
Los aspectos más relevantes de la campaña de este año son las siguientes:
Las autoliquidaciones del IRPF e Impuesto sobre Patrimonio se podrán presentar desde el 6 de mayo hasta el 20 de julio de 2020.
Se elimina la atención presencial a los contribuyentes durante la campaña y se sustituye por la asistencia telefónica a través de la modalidad “renta guiada”.
Salvo supuestos excepcionales, se elimina la posibilidad de presentación de la declaración de IRPF en papel en las oficinas de la Hacienda Foral.
El cargo en cuenta de la domiciliación de la deuda o, en su caso, del primer pago fraccionado de la deuda del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, se hará el 20 de julio de 2020. El cargo del segundo plazo del fraccionamiento de la deuda del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, en su caso, se efectuará el 20 de noviembre.