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COVID-19: Las Oficinas de Propiedad Intelectual de España y de la Unión Europea anuncian ampliaciones de plazos

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El Real Decreto 463/2020 mediante el que se declara el estado de alarma en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se publicó el pasado 14 de marzo de 2020. Las medidas adoptadas para dar respuesta a esta situación excepcional y aliviar sus consecuencias incluyen la suspensión de todos los plazos procesales y administrativos durante un periodo de quince días naturales (i.e. hasta el 29 de marzo de 2020). No obstante, dicho plazo podrá prorrogarse si fuese necesario.

El Real Decreto 463/2020 mediante el que se declara el estado de alarma en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se publicó el pasado 14 de marzo de 2020. Las medidas adoptadas para dar respuesta a esta situación excepcional y aliviar sus consecuencias incluyen la suspensión de todos los plazos procesales y administrativos durante un periodo de quince días naturales (i.e. hasta el 29 de marzo de 2020). No obstante, dicho plazo podrá prorrogarse si fuese necesario.

Los citados plazos administrativos incluyen los relativos a procedimientos seguidos ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). El 16 de marzo de 2020, el Director de la OEPM dictó una resolución aclarando lo siguiente:

  1. todos los procedimientos gestionados por la OEPM quedan suspendidos e interrumpidos durante un periodo de quince días naturales
  2. los plazos a los que pudiera aludirse en las notificaciones automáticas emitidas por la OEPM durante este tiempo no resultarán de aplicación de acuerdo con el apartado (a) anterior, cuyo contenido prevalece
  3. sin perjuicio de la suspensión aludida, la OEPM continuará prestando servicios con normalidad a través de su sede electrónica
  4. la OEPM está estudiando la adopción de medidas para que ciertos procedimientos excepcionalmente puedan seguir su curso siempre que tales medidas:
  • eviten perjuicios graves en los derechos de los interesados
  • las partes interesadas den su conformidad a las citadas medidas
  1. los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos ejercitables ante la OEPM quedan también suspendidos.

La Resolución del Director de la OEPM está disponible aquí.

En cuanto a los procedimientos seguidos ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), todos los plazos que expiren entre el 9 de marzo de 2020 y el 30 de abril de 2020 se prorrogan hasta el próximo 4 de mayo de 2020 (primer día hábil tras la festividad del 1 de mayo) a causa de la pandemia de COVID-19. La Decisión del Director Ejecutivo de la EUIPO, que entra en vigor hoy, está disponible aquí (en inglés).

Para más información sobre el estado de alarma en España, clique aquí.