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COVID-19: Se aprueban novedades para el deporte en las fases 1, 2 y 3 de la ‘desescalada’

España - 

Alerta Sports & Entertainment España

La Orden SND/458/2020, de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad introduce toda una serie de modificaciones en las tres fases de la ‘desescalada’, con efectos desde las 00:00 horas del 1 de junio.

1. Modificaciones para el deporte en Fase 1:

  • Entrenamiento total o pre-competición en ligas profesionales: los clubes deportivos profesionales o sociedades anónimas deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a una modalidad deportiva específica, en las mismas condiciones que los territorios en Fase 2.
  • Instalaciones deportivas cubiertas: se podrá proceder a su apertura para la realización de actividades deportivas por cualquier persona, en las mismas condiciones que los territorios en Fase 2.
  • Piscinas al aire libre o cubiertas: se podrá proceder a su apertura para la realización de actividades deportivas por cualquier persona, en las mismas condiciones que los territorios en Fase 2.

2. Modificaciones para el deporte en Fase 2:

  • Entrenamiento total o pre-competición en ligas profesionales: una vez finalizada la primera semana de entrenamiento de carácter total, para el desarrollo de los trabajos tácticos exhaustivos incluidos en el mismo podrá ampliarse el número de personas participantes de acuerdo con las necesidades de ejecución requeridas en cada caso.
  • Instalaciones deportivas cubiertas: se sigue permitiendo la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, pero con la excepción de las modalidades practicadas por parejas.
  • Piscinas al aire libre o cubiertas: para piscinas divididas por calles se elimina la limitación de una persona por calle. En su lugar, se habilitará un sistema de acceso y control que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitarias. Se mantiene el límite general del 30% de capacidad de aforo de uso deportivo en cada piscina, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica.

3. Modificaciones para el deporte en Fase 3:

  • Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas:
  • Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos de tipo medio (tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como entrenamientos tácticos no exhaustivos), en grupos de hasta 20 deportistas.
  • Podrán utilizarse las instalaciones y los vestuarios.
  • Las tareas de entrenamiento se realizarán siempre que sea posible por turnos, evitando superar el 50% de la capacidad que para deportistas tenga la instalación.
  • Podrá asistir a las sesiones de entrenamiento el personal técnico necesario para el desarrollo de las mismas, pero no personal auxiliar ni utileros.
  • Podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo con un máximo de 20 participantes (sesiones teóricas relativas al visionado de vídeos o charlas técnicas de revisión de aspectos de carácter técnico, táctico o deportivo vinculadas a las posteriores sesiones de entrenamiento que realiza el entrenador con los deportistas).
  • Espectáculos deportivos: se podrán celebrar espectáculos y actividades deportivas al aire libre o en instalaciones deportivas abiertas o cerradas, sin público y a puerta cerrada.
  • Instalaciones deportivas al aire libre: se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico, y siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido. Los deportistas podrán acceder a las instalaciones acompañados de una persona distinta de su entrenador. No será necesaria la concertación de cita previa. Se permite la utilización de los vestuarios y zonas de duchas.
  • Instalaciones deportivas cerradas y centros deportivos: se podrá realizar actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 50% del aforo máximo permitido. Los deportistas podrán acceder a las instalaciones acompañados de una persona distinta de su entrenador. No será necesaria la concertación de cita previa. Se permite la utilización de los vestuarios y zonas de duchas.

 

 

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