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El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto del Estatuto del Becario

España - 

El texto pretende evitar que las becas sustituyan puestos de trabajo y deberá tramitarse en sede parlamentaria.

La Ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral pretende delimitar las actividades formativas frente a las laborales y proscribe el uso de las prácticas como trabajo de bajo coste o sustitutivo de trabajadores.

El Estatuto del Becario abarca prácticas vinculadas a formación profesional, enseñanzas artísticas o deportivas, especialidades del Sistema Nacional de Empleo y prácticas universitarias curriculares y extracurriculares. Exige un plan formativo individual, vinculación directa con el itinerario educativo y tutela específica, y fija un máximo de cinco personas en formación por tutor y un tope del 20% de personas en prácticas sobre la plantilla. Las personas en prácticas tendrán derecho al descanso, al uso de los servicios del centro de trabajo, a la protección frente a violencia y acoso, y a la compensación de gastos.

La Inspección de Trabajo tendrá acceso a la documentación y se prevén actuaciones inspectoras específicas, junto con la creación de una comisión de seguimiento en las empresas.

El texto deberá, en todo caso, ser tramitado por las Cortes Generales para su aprobación, pudiendo experimentar cambios durante esta tramitación.

Accede aquí a la noticia completa del Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Economía Social.