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Castilla y León estrena normativa que redefine la venta directa de productos agroalimentarios

España - 

La nueva regulación, en vigor desde el 10 de febrero, fija condiciones, límites y obligaciones para los productores que utilicen canales alternativos de comercialización.

El Boletín Oficial de Castilla y Léon (BOCyL) publicó el pasado 13 de enero el Decreto 1/2026, de 8 de enero, por el que se regula la venta directa y los circuitos cortos de comercialización de productos agroalimentarios de Castilla y León, que afecta de forma sustancial a los requisitos administrativos que deben cumplir los productores primarios del sector agroalimentario de Castilla y León que realizan o pretenden realizar ventas de sus productos a través de los denominados “canales alternativos”.

La norma se centra por un lado en definir los canales alternativos de venta a los que resulta de aplicación, los requisitos que el productor agroalimentario debe cumplir de utilizar dichos canales alternativos (fundamentalmente su inscripción en registros administrativos específicos y la comunicación de inicio de actividad), así como los productos afectados y las cantidades máximas permitidas para su comercialización a través de estos por productor primario y año.

Esta norma afecta a una modalidad muy amplia de supuestos (por ejemplo, venta en ferias y mercados, venta directa en las propias explotaciones, ventas en establecimientos de restauración o turismo que sean propiedad del mismo productor primario, venta domiciliaria, plataformas de venta electrónica, etc.) y obliga a las empresas agroalimentarias de Castilla y León a revisar los canales de comercialización de sus productos para analizar su sujeción o no a esta nueva normativa.

Por último, cabe señalar que la norma entró en vigor a los veinte días de su publicación en el BOCyL, es decir, el pasado 10 de febrero de 2026, resultando de aplicación a todos los productores primarios de Castilla y León que utilicen canales alternativos de venta con independencia de la ubicación del consumidor o destinatario final.