Se retrasa la entrada en vigor de Veri*factu
La obligación de cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento, inicialmente prevista para 2026, se retrasa a 2027.
El Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, aprobó el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales y la estandarización de formatos de los registros de facturación (comúnmente denominado “Reglamento Veri*factu”)*.
Su entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de 2026, en el caso de los obligados tributarios contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades; y para el 1 de julio de 2026, para el resto de obligados al cumplimiento de los requisitos previstos por la norma.
Ahora, mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre se pospone a 1 de enero y 1 de julio de 2027, respectivamente, la entrada en vigor de las obligaciones impuestas por el Reglamento Veri*factu. Este real decreto-ley entrará en vigor el 4 de diciembre de 2025, quedando pendiente, en su caso, de convalidación.
(*) En el BOE de 16 de diciembre de 2025 se ha publicado la Resolución de 11 de diciembre de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre.
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