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Reglamento SEP: la propuesta de regulación relativa a la licencia de patentes esenciales para estándares tecnológicos da un paso significativo hacia su promulgación como norma

Unión Europea - 

El Parlamento Europeo ha aprobado el Reglamento sobre Patentes Esenciales para Estándares, cuyo principal objetivo es facilitar la obtención de licencias  de estas patentes en condiciones justas, razonables y no discriminatorias. El texto aún debe ser aprobado por los Estados miembros.

El Parlamento Europeo ha dado un paso importante en la aprobación de la propuesta de Reglamento relativo a las patentes esenciales para estándares (Reglamento SEP, por sus siglas en inglés). El 28 de febrero de 2024, el texto ha sido aprobado por un amplio margen (454 votos a favor, 83 en contra, y 78 abstenciones). Sin embargo, para que el Reglamento SEP adquiera fuerza de ley aún debe ser aprobado por los Estados miembros.

Como comentábamos en nuestro post anterior (ver aquí), el Reglamento SEP abarca todas aquellas patentes que protegen tecnologías esenciales para un estándar tecnológico, como las redes de telefonía móvil, Wi-Fi, etc. (patentes esenciales de estándares o normas o SEP, por sus siglas en inglés). El proyecto de reglamento tiene como objetivo facilitar las negociaciones que tienen lugar entre los titulares de SEP y los implementadores que hacen uso de tecnologías cubiertas por estas patentes. El objetivo de la iniciativa es facilitar la obtención de licencias SEP en la Unión Europea (UE) en condiciones justas, razonables y no discriminatorias (FRAND, por sus siglas en inglés).

La iniciativa se produce en un contexto en el que tribunales nacionales de países no pertenecientes a la UE están aceptando determinar los términos FRAND para las licencias SEP a nivel global. En consecuencia, el Reglamento SEP puede verse como un esfuerzo para hacer de la UE una región atractiva para la determinación de dichas licencias.

Si bien está sujeto a varias enmiendas, el borrador aprobado por el Parlamento Europeo mantiene en líneas generales los principales elementos de la propuesta de la Comisión Europea. Las principales iniciativas del Reglamento SEP son las siguientes:

  1. Alcance. En principio, el Reglamento SEP se aplicará únicamente a los estándares futuros, es decir, aquellos establecidos después de que el Reglamento haya entrado en vigor. No obstante, los estándares existentes (como LTE/4G y 5G) podrán quedar cubiertos si así lo decide la Comisión Europea.
  2. Registro SEP, base de datos y verificaciones de esencialidad. Se anima a los titulares de SEP a registrar sus SEP, cuya información será accesible a través de una base de datos. Las SEP registradas estarán sujetas a controles de esencialidad no vinculantes. Aunque en sentido estricto el registro es voluntario, cualquier titular que desee obtener royalties respecto de una SEP deberá registrarla. Se espera que esto permita a los implementadores tener mejor visibilidad del “SEP landscape”, posiblemente antes de lanzar productos relevantes al mercado.
  3. 'Royalties' totales para un estándar. El Reglamento SEP prevé la posibilidad de que los titulares de SEP notifiquen una propuesta de royalties totales máximos (que cubra a todos los titulares de SEP) para un estándar determinado, y que los titulares de SEP y los implementadores soliciten a un tercero que haga una recomendación no vinculante sobre los royalties totales para cada estándar. Una vez más, se espera que esto genere transparencia adicional y facilite la planificación empresarial.
  4. Determinación FRAND. Será obligatoria una determinación FRAND extrajudicial dirigida por expertos (en el sentido de que una parte podrá imponerla unilateralmente a la otra), pero no vinculante en términos de su resultado. Este proceso, que será administrado por un panel de conciliadores externos, tendrá una duración máxima de nueve meses. Durante este procedimiento, pero no tras su finalización, no se permitirán la implementación de medidas cautelares en la UE, lo que se espera que facilite las negociaciones. Una novedad importante de este proceso es que, a diferencia de una típica determinación judicial de términos FRAND, los implementadores pueden imponerlo al titular de patentes SEP.
  5. Apoyo a las pymes y 'startups'. Diversas medidas de apoyo a las pymes y startups, ya sean titulares o implementadores de SEP.

Mientras que el Reglamento SEP no contiene ninguna regla potencialmente vinculante sobre el nivel de la cadena de valor en el que debería tener lugar la concesión de licencias, el Parlamento Europeo añadió, en un considerando interpretativo no vinculante, una declaración de que una licencia FRAND debería estar disponible para cualquier parte que la solicite, independientemente de la posición del posible licenciatario en la respectiva cadena de valor.

La Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO), con sede en Alicante (España), desempeñará un papel clave en el funcionamiento del Reglamento SEP, esencialmente administrando sus diversas iniciativas a través de un “Centro de Competencia”. Por ejemplo, la EUIPO no llevará a cabo verificaciones de esencialidad ni determinará las condiciones de las licencias FRAND, etc., pero será responsable de garantizar el buen funcionamiento de los distintos procesos.

En cuanto a los próximos pasos, el Reglamento SEP aún necesita ser negociado y aprobado por los Estados miembros de la UE, que votarán por “mayoría cualificada” en lugar de por unanimidad. Además, es posible que aún se produzcan modificaciones potencialmente significativas al Reglamento SEP durante su tramitación. No obstante, pese a que no hay un calendario fijo para estas discusiones, en el caso en que hubiera un amplio consenso entre los Estados miembros, la iniciativa puede avanzar rápidamente (según los estándares del proceso legislativo de la UE). Sin embargo, parece probable que el proyecto de regulación sea controvertido y objeto de un intenso debate ante los Estados miembros de la UE, como lo fue ante el Parlamento Europeo, lo que puede prolongar el proceso.