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Préstamos verdes: reglas contractuales claras para los préstamos medioambientalmente sostenibles

España - 
Gaspar Atienza y Rafael González-Gallarza, socios del departamento Mercantil de Garrigues en Madrid

¿Qué es exactamente un préstamo verde? Hay noticias de financiaciones bancarias a empresas con este calificativo. Su común denominador es que el préstamo debe destinarse a financiar proyectos de energías renovables, de eficiencia energética, de prevención y control de la contaminación, de transporte 'limpio' u otros relacionados con la sostenibilidad medioambiental.

Consideraremos qué estándares son aplicables a este tipo de operaciones y qué estipulaciones deben regularlos contractualmente.

Estándares de financiación sostenible

La Asociación Internacional del Mercado de Capitales (ICMA) publicó en 2017 los Principios para los Bonos Verdes  con el objetivo de armonizar conceptos y preservar la integridad del mercado de bonos para financiar proyectos medioambientalmente sostenibles.

La financiación verde se ha extendido también a los préstamos a empresas, consiguiendo así alcanzar un espectro mucho mayor de prestatarios. Siguiendo los pasos de la ICMA, la Loan Market Association ha publicado en marzo de 2018 sus Green Loan Principles. Este documento incluye una lista indicativa de proyectos verdes y consagra cuatro principios: el destino del préstamo, el proceso de evaluación y selección de los proyectos, el seguimiento de los flujos del préstamo y la información a facilitar por el prestatario a las entidades.

Por su parte,  la Comisión Europea ha aprobado el Plan de Acción sobre financiación del crecimiento sostenible de marzo de 2018 que contempla la aprobación de estándares europeos para los bonos verdes y un marco para eco-etiquetar productos financieros. También propone fomentar la financiación sostenible mediante la mejora del asesoramiento financiero en la materia y de los índices de sostenibilidad. Ello facilitará el crecimiento del mercado de préstamos verdes.

En España, diez empresas han suscrito once préstamos verdes en 2017, por importe total de 3.000 millones de euros. Aunque este tipo de producto no tiene la madurez de los bonos verdes, se viene afianzando cada vez más.

Estipulaciones contractuales

Es imprescindible que el prestatario se comprometa a aplicar el principal prestado a financiar los concretos proyectos o tipología de proyectos que determine el contrato. Es conveniente, máxime si se trata de un tramo verde dentro de una financiación más amplia, que el dinero se abone en una cuenta especial y se prevean otras medidas de seguimiento de su correcta aplicación. Los modelos de préstamos sindicados suelen liberar al agente de cualquier responsabilidad en la verificación del destino del préstamo y no parece que esto vaya a cambiar, pero la cláusula de destino será siempre vinculante para la acreditada.

En caso de refinanciación, debe estipularse qué préstamos verdes se refinancian y si la mención es genérica hasta qué momento del pasado pueden haber vencido las operaciones a refinanciar.

Las obligaciones de información de la prestataria deben incluir la remisión a las entidades de los datos estipulados acerca de la evaluación y control del proyecto y de sus índices y niveles de eficiencia, de reducción de emisiones o cualquier otro. También es buena práctica pactar la intervención de un experto independiente que verifique o certifique esos datos.

Se podrá o no dar carácter obligatorio a la consecución de objetivos cualitativos o cuantitativos por parte del financiado. Esta es sin duda la tendencia. El propio coste de la financiación puede variar en función de los mismos.

Se plantean novedosas cuestiones contractuales, en particular, en caso de incumplimiento del contenido verde del contrato, cuáles son los remedios a disposición de los financiadores y, si entre ellos, procede incluir la declaración de vencimiento anticipado. La regulación de estos extremos en el contrato es relevante ya que deben ser eficaces los mecanismos que garanticen la conformidad con lo estipulado. Está claro que los prestamistas tienen jurídicamente interés en el cumplimiento de las estipulaciones verdes a pesar de que no se vea afectada, al menos directamente, la solvencia del deudor.

Movilización de préstamos verdes

La calidad jurídica de la documentación legal es importante no solo en el mercado primario sino también para la liquidez del mercado secundario de préstamos verdes. Ya hay también trabajos para desarrollar el mercado de los CLOs verdes de modo que los préstamos subyacentes deberán satisfacer los requisitos de elegibilidad para este mercado.

Posibles estímulos desde la regulación bancaria

El Plan de Acción de la Comisión sugiere posibles medidas prudenciales aplicables a las entidades financieras que tengan en cuenta los riesgos medioambientales o asociados al cambio climático. Esto puede abrir la puerta a reglas sobre ponderación del riesgo de los préstamos, que premien los verdes y penalicen a los marrones. En tal caso, nuevamente, la documentación deberá satisfacer los oportunos requisitos.

En suma, los préstamos verdes están superando su primera infancia y deben ajustarse a clasificaciones y criterios rigurosos que garanticen la integridad del mercado. El mayor foco en el proyecto verde a financiar ayuda además a un mejor conocimiento por parte de los bancos de la operación y de su perfil de riesgo. Entre los elementos a considerar destaca la necesaria precisión de las estipulaciones contractuales verdes y de los remedios en caso de incumplimiento.