Pilar 2: Se aprueban los modelos de comunicación, declaración informativa y autoliquidación del impuesto complementario mínimo global
En concreto, se aprueban los modelos 240, 241 y 242. Repasamos a continuación quiénes son los obligados a presentar cada modelo, su contenido y los plazos de presentación.
El 29 de octubre de 2025 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/1198/2025, de 21 de octubre, por la que se aprueban los modelos de Comunicación, Declaración informativa y Autoliquidación del Impuesto Complementario mínimo global (Pilar 2) y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, completando así la regulación del impuesto en España. La Orden concreta el contenido de las obligaciones tributarias y formales reguladas en el Reglamento del impuesto (publicación de 4 de abril de 2025).
En este documento, se resumen el contenido de la Orden y los plazos de presentación de cada modelo.
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