Novedades Laboral 15-2012
REAL DECRETO 1483/2012, DE 29 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DESPIDO COLECTIVO Y DE SUSPENSIÓN DE CONTRATOS Y REDUCCIÓN DE JORNADA
Con fecha 30 de octubre de 2012, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, que tiene como objetivo principal la adecuación de los citados procedimientos a las importantes novedades incorporadas por la reforma laboral al Estatuto de los Trabajadores.
De este modo, el Reglamento que se aprueba mediante este Real Decreto, y cuya entrada en vigor se ha previsto para el 31 de octubre de 2012, deroga su precedente aprobado por Real Decreto 801/2011, de 10 de junio.
Procedemos a continuación a resumir brevemente la regulación contenida en el Reglamento, centrándonos fundamentalmente en aquellos aspectos que suponen una novedad o modificación respecto a la normativa precedente.
1. PROCEDIMIENTO DE DESPIDO COLECTIVO
1.1 Causas y objeto del procedimiento
1.2 Iniciación de procedimiento
1.3 Periodo de consultas
1.4 Actuaciones de la autoridad laboral y de la Inspección de Trabajo
1.5 Finalización del Procedimiento
2. PROCEDIMIENTO DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y REDUCCIÓN DE JORNADA POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN
3. DISPOSICIONES COMUNES A LOS PROCEDIMIENTOS DE DESPIDO COLECTIVO, SUSPENSIÓN DE RELACIONES DE TRABAJO Y REDUCCIÓN DE JORNADA
4. PROCEDIMIENTOS DE DESPIDO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LOS ENTES, ORGANISMOS Y ENTIDADES QUE FORMAN PARTE DEL SECTOR PÚBLICO
5. PROCEDIMIENTOS DE SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO Y REDUCCIÓN DE JORNADA POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO
6. PROCEDIMIENTOS COLECTIVOS EN TRAMITACIÓN
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