Publicaciones

Garrigues

ELIGE TU PAÍS / ESCOLHA O SEU PAÍS / CHOOSE YOUR COUNTRY / WYBIERZ SWÓJ KRAJ / 选择您的国家

Newsletter Tributario - Enero 2020 | Normas de interés

España - 

Se aprueba el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020

Se ha publicado el Plan de Control Tributario para 2020 mediante Resolución de 21 de enero de 2020 de la Dirección General de la AEAT (BOE de 28 de enero). En el plan se insiste en las áreas de control de los planes de años anteriores, si bien se destacan ciertas líneas y programas de actuación, entre los que llamamos la atención sobre los siguientes:

  1. En relación con la información y asistencia para la prevención de los incumplimientos, destacan las siguientes iniciativas:
             
    1. Se crearán y reforzarán las plataformas ADI (Administraciones de asistencia Digital Integral), dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos, mediante el uso de canales de comunicación virtuales. Entre otras, se mencionan el nuevo asistente censal o las herramientas complementarias destinadas a garantizar el correcto funcionamiento del asistente virtual del SII o del asistente virtual del IVA –AVIVA-, tales como el calificador inmobiliario o la ayuda para la confección del modelo 303 de arrendadores.
    2. Se consolidarán las herramientas de análisis y control de solicitudes de rectificación de autoliquidaciones, destacando la introducción en el Impuesto sobre Sociedades de 2019 de la posibilidad de formular estas solicitudes mediante el modelo de autoliquidación.
    3. Se avanzará en la puesta a disposición de los contribuyentes de sus datos fiscales. Como novedad, se introduce esta posibilidad en el Impuesto sobre Sociedades, con información sobre pagos fraccionados, retenciones, importes pendientes de aplicación de años anteriores o sanciones y recargos impuestos por la AEAT); y en el IVA, en este caso mediante el servicio de ayuda PRE-303, para la preparación del modelo 303.
  2. Se hace especial hincapié en el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y la prevención del fraude y, entre otras:
         
    1. En la depuración y análisis de los censos, para que solo las sociedades y otras entidades jurídicas que realmente realicen actividades mantengan su vida jurídico-fiscal y para que los contribuyentes realicen correctamente sus declaraciones censales.
    2. En el fomento de la presentación de información completa y veraz por los contribuyentes, a fin de mejorar la calidad de esta información. En el ámbito internacional, se recuerda que en 2020 el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para Fines Tributarios de la OCDE evaluará a España, junto al resto de países y jurisdicciones participantes en el intercambio automático de información de cuentas financieras, en relación con la observancia de las obligaciones derivadas del CRS (“Common reporting standard”).
    3. En la prevención en materia de aduanas e impuestos especiales. En este ámbito se implantará el pre-despacho aduanero, que permitirá que los controles documentales a que queden sujetas las predeclaraciones aduaneras se realicen de forma previa a la llegada de las mercancías, aumentando el período de análisis por parte de las aduanas y, al mismo tiempo, agilizando las tramitaciones, especialmente en relación con tráficos fuera del horario de despacho de las oficinas. Además, se prestará especial atención a las empresas que comiencen su actividad importadora.
  3. En relación con las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero, se subraya lo siguiente:
           
    1. Se realizará un plan especial de comprobación de los contribuyentes que han consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.
    2. Cobrará impulso un nuevo sistema informático que permitirá interactuar a los representantes y asesores de los contribuyentes con la inspección sin necesidad de desplazarse a la sede del órgano inspector actuante (incluyendo una conexión por vídeo).

Además, se recuerda que en 2020 se implementará en la Unión Europea la obligación de declaración de mecanismos de planificación agresiva y otras técnicas de ocultación de la titularidad de rentas y activos, derivada de la transposición a nuestra normativa interna de la Directiva 2011/16/UE del Consejo, de 15 de febrero de 2011 (DAC 6), lo que implicará la realización de actuaciones en este ámbito.

En relación con los grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales, se pone el foco en:

  1. La realización de controles simultáneos e inspecciones coordinadas.
  2. El refuerzo de los procedimientos amistosos y la aplicación los nuevos mecanismos de resolución de conflictos derivados de la Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo.
  3. La puesta en práctica de un nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos en precios de transferencia basado en toda la información sobre operaciones vinculadas con que cuenta la Administración. En este ámbito se prestará especial atención al cumplimiento de las obligaciones de documentación; sin dejar de lado el análisis sustancial de las operaciones, prestando especial atención a las reestructuraciones empresariales, las transmisiones intragrupo de activos (fundamentalmente, los intangibles) o la deducción de partidas que erosionen la base imponible (como los cánones derivados de la cesión de intangibles o los pagos por servicios intragrupo).

En el ámbito del análisis patrimonial se destaca como área de especial atención la relativa a la implementación efectiva del CRS (Common Reporting Estándar sobre cuentas financieras); y se subraya (como en 2019) la labor de la Unidad Central de coordinación del Control de Patrimonios Relevantes, creada en el seno de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude.

En relación con la ocultación de actividades empresariales o profesionales y el uso abusivo de sociedades, se van a potenciar las operaciones coordinadas de lucha contra la actividad no declarada y la economía sumergida realizadas con el concurso de las unidades de auditoría informática.

En cuanto al control de actividades económicas, se pone el foco en:

  1. Las actuaciones de control relativas al IVA, utilizando la información obtenida del SII. Se prestará especial atención en el comercio minorista para evitar la elusión del recargo de equivalencia.
  2. Las actuaciones en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades en la lucha contra la economía sumergida.

También destacan, entre otras actuaciones:

  1. El diseño y desarrollo de una herramienta de control de retenciones en sede del retenedor, ampliando las contingencias objeto de comprobación mediante la herramienta de gestión de riesgos, lo que permitirá un enfoque integral del control de IRPF, partiendo de la fuente de renta.
  2. Las actuaciones sobre artistas y deportistas no residentes que actúan en territorio español.

 

Se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación en el procedimiento de suministro electrónico de los asientos de contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales

En el BOE de 8 de enero de 2020 se publicó la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación en el procedimiento para el suministro electrónico de los asientos de la contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales a través de la Sede electrónica de la AEAT.

 

Se publica la relación de municipios a los que se aplicarán los coeficientes de actualización de los valores catastrales para el año 2020

En el BOE de 28 de diciembre de 2019 se ha publicado la Orden HAC/1257/2019, de 17 de diciembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020.