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Newsletter Arbitraje Internacional - Septiembre 2021 | Panorama Regional: Europa

Las novedades europeas más destacadas por la práctica global de Arbitraje Internacional y ADR de Garrigues.

BÉLGICA

Una farmacéutica estadounidense gana un caso de dolo en Bélgica

La farmacéutica estadounidense Perrigo ha obtenido sentencia favorable por la que percibirá una indemnización de daños, intereses y costas por importe de 412 millones de USD en un arbitraje del CEPANI relacionado con la adquisición por su parte, por 4.300 millones de USD, de la compañía belga de productos para el cuidado de la salud Omega Pharma. De acuerdo con Perrigo, los vendedores de Omega (la empresa estatal belga  Alychlo y la filial de Waterland, Holdco) fueron declarados responsables solidarios por haber “ocultado deliberadamente” información relevante. Se determinó que los vendedores eran responsables de “dolo incidental” por no haber proporcionado información suficiente durante el proceso de venta.

 

FRANCIA

El Consejo de Estado ratifica un laudo de la CCI de 33 millones de euros

El tribunal supremo administrativo de Francia, el Consejo de Estado, ha desestimado las acciones de la italiana Tecnimont y de la francesa TCM para la anulación de un laudo de 33 millones de euros de la CCI favorable a la filial de Engie, Fosmax, propietaria de la terminal de GNL de Fos Cavaou en el mediterráneo francés.

Tecnimont, Saipem y TCM constituyeron un consorcio (TST) al que le fue adjudicado un contrato para la construcción de la terminal por Fosmax, que en aquel entonces era una entidad estatal. El contrato no contenía una cláusula de ley aplicable, aunque fue modificado para incluir un convenio arbitral que preveía un arbitraje CCI y que establecía que el tribunal arbitral debía decidir si era aplicable la ley francesa.

Fosmax decidió sustituir a TST por otros contratistas, alegando que había detectado defectos graves durante la construcción de la terminal. Fosmax presentó una primera demanda de arbitraje ante la CCI contra TST requiriendo indemnización por retrasos y sobrecostes en el proyecto y afirmando que, conforme al derecho administrativo francés, TST debía soportar el coste de las obras de subsanación. En la sentencia, el tribunal arbitral resolvió que debían pagarse a TST 128 millones de euros y a Fosmax unos 70 millones de euros, que el derecho privado francés era aplicable al contrato de construcción y que Fosmax no podía sustituir a TST, condenando a Fosmax a soportar los costes de subsanación.

Fosmax ejerció acción de anulación del laudo ante el Consejo de Estado, alegando que era aplicable el derecho administrativo francés. El Consejo de Estado dio la razón a Fosmax y determinó que el contrato era de naturaleza administrativa, anulando el laudo en la parte relativa a las obras de subsanación.

En 2017, Fosmax presentó una segunda demanda ante la CCI en relación con el pago de los costes de las obras de subsanación. El tribunal arbitral condenó a TST al pago de 33 millones de euros más intereses a Fosmax y desestimó la reconvención en su totalidad. Acto seguido, TST solicitó la anulación del laudo. En su última decisión, el Consejo de Estado desestimó todos los argumentos de TST y afirmó que el desistimiento o rechazo de la solicitud de anulación de un laudo equivale a una orden de ejecución.

 

MOLDAVIA

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechaza el uso del arbitraje de inversión intracomunitario al amparo del TCE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su reciente sentencia en el caso  Komstroy v Moldova (Caso -741/19) resolvió que era competente para interpretar el Tratado de la Carta de la Energía (TCE). Se basó en (i) que el TCE forma parte del ordenamiento jurídico europeo, tal y como concluyó la propia UE, (ii) en su competencia para interpretar el TCE, con independencia de que su aplicación quede dentro o fuera del ámbito del derecho europeo, y en que (iii) el derecho francés era la lex fori, libremente elegida por las partes de la controversia.

Tras determinar su competencia, el TJUE sostuvo, además, que en consonancia con el caso Achmea, del que hemos informado en otras ocasiones, el arbitraje de inversión intracomunitario basado en el TCE es incompatible con el ordenamiento jurídico de la UE.

 

ESPAÑA

España, condenada a indemnizar a una compañía energética alemana con más de 30 millones de euros

Un tribunal del CIADI ha resuelto a favor de la compañía alemana Steag GmbH y ha condenado a España a pagar una compensación de millones de euros. Es la última de una serie de demandas de inversores contra el Estado español por el recorte en las primas a las energías renovables en 2013.

Steag GmbH  reclamaba 96,6 millones de euros, pero el tribunal arbitral resolvió el pago de una indemnización de 27,6 millones de euros que, sumados a los honorarios y las costas, suponen un coste para España de más de 30 millones de euros.

Según el último informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), España acumula laudos condenatorios por un importe total de casi 10.000 millones de euros.

 

 

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