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Newsletter Arbitraje Internacional - Septiembre 2019 | Panorama regional: Europa

Bulgaria

El CIADI dicta una resolución a favor de Bulgaria al retirar un fondo Omaní su demanda por la quiebra de un banco

Un tribunal del CIADI ha resuelto que se pague a Bulgaria el importe íntegro de sus costas después de que el Fondo de Reserva General del Estado de Omán haya retirado su demanda de 80.000.000 € por la quiebra de un banco.

El tribunal desestimó con efectos de cosa juzgada todas las pretensiones del Fondo de Omán, condenándolo a pagar todos los honorarios legales y gastos de Bulgaria así como su parte de las costas arbitrales.

La controversia estaba relacionada con la participación indirecta del 30% que el fondo tenía en Corporate Commercial Bank (KTB), que fue la cuarta mayor entidad crediticia de Bulgaria. En 2014, el mayor prestatario de KTB acusó de fraude a su principal accionista, Tsvetan Vasilev, lo que hizo que los clientes retiraran sus depósitos y que el banco central de Bulgaria lo pusiera bajo supervisión. El banco central revocó la licencia de KTB y una auditoría independiente puso de manifiesto un agujero de 2.600.000.000 $ en sus cuentas.

El fondo alegó que las actuaciones del gobierno, de los tribunales y del banco central de Bulgaria incumplieron el tratado bilateral de inversión entre Bulgaria y Omán, incluida la declaración de quiebra de KTB y la negativa a conceder asistencia de liquidez o cualquier otro plan de rescate.

 

Italia

Italia obtiene una resolución favorable en una demanda por reformas solares basada en el TCE

Italia ha obtenido resolución favorable del CIADI en una demanda arbitral de 19.000.000 €  basada en el Tratado de la Carta de la Energía (TCE), que fue presentada contra el estado por la entidad luxemburguesa Belenergia.

El origen del conflicto está en el decreto emitido por el parlamento italiano en 2014 que redujo los incentivos estatales al sector de las energías renovables, obligando a los inversores a aceptar una de las tres medidas siguientes: un recorte tarifario de entre el 6% y el 8% en contratos a 20 años; la distribución de ayudas a lo largo de un período mayor de 24 años o un nuevo contrato que contemplara el incentivo tarifario reducido durante un período inicial y un incentivo mayor en un período posterior.

El tribunal declaró que Belenergia debería haber considerado que el régimen de incentivos italiano era más generoso que los ofrecidos por otros países europeos, como Francia y Alemania, reconociendo que Italia recibe más sol que esos dos países.  

El tribunal se declaró competente para entender del caso a pesar de las objeciones esgrimidas por Italia basándose en el caso Achmea del Tribunal de Justicia Europeo, aseverando que el hecho de pertenecer a la UE no significa que las controversias arbitrales deban resolverse dentro del régimen judicial europeo.

 

Montenegro

Montenegro consigue que la CNUDMI se declara incompetente en la demanda de un inversor británico

Un tribunal de la CNUDMI se ha declarado incompetente en una demanda relacionada con una inversión de más de 100.000.000 $ de  Medusa, filial de la escocesa Sea Energy, contra Montenegro.

No se conocen muchos detalles de la demanda, pero parece que se presentó de conformidad con los tratados bilaterales de inversión con Austria y Finlandia, así como el TBI entre el Reino Unido y la antigua Yugoslavia. 

El caso, que fue administrado por la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, está relacionado con la cancelación de una concesión de petróleo y gas en el mar Adriático.

En el año 2000, Medusa suscribió un contrato de empresa conjunta para la exploración de petróleo y gas con la petrolera local Jugopetro AD.  

Medusa inició el arbitraje en 2015 por la suspensión por parte de las autoridades estatales de sus actividades de exploración marítima de petróleo y gas natural en Prevlaka, basándose en el incumplimiento de las cláusulas de nación más favorecida, en el derecho local y en declaraciones unilaterales del estado.   

 

Polonia

Polonia impugna un laudo de la CNUDMI en un arbitraje inmobiliario

Polonia ha impugnado ante el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas un laudo de 10.000.000 $ dictado por la CNUDMI a favor de Manchester Securities Corporation, (MSC), filial de la gestora estadounidense de fondos de inversión libre Elliott Management.

El origen de la disputa está en los préstamos concedidos por MSC al promotor inmobiliario Leopard, que supervisaba la construcción de un complejo de apartamentos en Cracovia. Leopard solicitó la declaración de concurso en 2008, dando lugar a una pugna entre sus acreedores en relación con la preferencia en el cobro de sus créditos con cargo al valor del complejo. Después de tres años de litigios, el Tribunal Supremo de Polonia resolvió en 2012 que MSC no tenía preferencia sobre los que iban a ser propietarios de los apartamentos.

Manchester presentó la demanda al amparo del tratado bilateral de inversión entre los Estados Unidos y Polonia de 2015, alegando que había sido objeto de trato injusto y desigual y de denegación de justicia y que los tribunales polacos habían expropiado su inversión. Reclamó una indemnización de 15.000.000 $. El tribunal arbitral declaró a Polonia culpable de denegación de justicia.

Además de ejercer acción para la anulación del laudo, Polonia ha pedido al órgano jurisdiccional belga la suspensión cautelar de la ejecución del laudo. Aún no se ha programado ninguna vista.

 

España

España logra suspender la ejecución de dos resoluciones basadas en el TCE en los Estados Unidos y en Australia

Después de que los acreedores del laudo , Infraestructure Services Luxembourg (ISL, anteriormente Antin) y su filial holandesa Energia Termosolar, solicitaran su ejecución, el Tribunal del Distrito de Columbia de los Estados Unidos y el Tribunal Federal de Australia han resuelto suspender la ejecución del laudo condenatorio de España de 101.000.000 € basado en el Tratado de la Carta de la Energía (TCE), mientras una comisión ad hoc del CIADI decide sobre la solicitud de anulación presentada por el estado español.  

ISL y Energia Termosolar obtuvieron un laudo favorable de 112.000.000 € contra España después de que un tribunal del CIADI determinara que la revocación por España de los incentivos a las energías renovables violaba las expectativas legítimas del inversor en relación con sus inversiones en dos plantas de energía fotovoltaica en Granada, en el sur de España. Si bien, el laudo fue reducido a 101.000.000 € después de que el tribunal reconociera la existencia de errores aritméticos.

España presentó solicitud de anulación como resultado de la cual el CIADI otorgó una suspensión provisional. El inversor solar ejerció acción de ejecución del laudo ante los tribunales  australianos y estadounidenses pero España solicitó la suspensión puesto que quería aprovechar una vista programada para el 29 de octubre de 2019 con el fin de impugnar la competencia de los órganos jurisdiccionales para ejecutar el laudo por razones de inmunidad estatal.

El caso ISL es uno de los muchos arbitrajes de inversión intracomunitarios en que la Comisión Europea ha intervenido para impugnar la competencia por aplicación de la decisión del caso Achmea.

 

España recibe otra demanda del CIADI en relación con el sector de las energías renovables

El conglomerado belga Sapec ha presentado ante el CIADI una demanda contra España basada en el TCE.

La controversia está relacionada con la decisión del estado de revocar las primas a las energías renovables que se adoptó después de la crisis financiera mundial de 2008.

En su informe anual de 2013, Sapec afirma que abrió una serie de parques fotovoltaicos pero que la normativa tarifaria adoptada por el gobierno español había tenido un “impacto muy negativo”.

 

España pierde otra demanda basada en el TCE con financiación de tercero

Un tribunal del CIADI ha condenado a España a indemnizar a la británica InfraRed Environmental Infrastructure, filial británica de la gestora de fondos de capital riesgo InfraRed Capital, por las reformas del sector de las energías renovables llevadas a cabo en el país.

No está claro aún el importe de la condena, pero el gobierno español ha declarado que los inversores reclamaban 92.000.000 €.

El laudo es el último que se ha dictado contra España en las numerosas demandas de arbitraje a las que se ha enfrentado por las reformas retroactivas de las políticas que fomentaban los proyectos de energías renovables después de la crisis económica mundial de 2008.

Infrared y los demás inversores presentaron la demanda en 2014, tres años después de que InfraRed invirtiera en dos proyectos de energía termosolar en Andalucía y Extremadura. Parece que España planteó sin éxito una objeción jurisdiccional basada en la decisión del Tribunal de Justicia Europeo en el caso Achmea.

 

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