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Guía para adquirir unidades productivas de compañías en crisis

España - 

Analizamos las diferencias y ventajas entre el sistema español y el sistema inglés, destacando los aspectos más favorables del sistema español, enfocado a otorgar mayor seguridad y certidumbre al inversor.

Frente a la venta aislada de activos de compañías en crisis, el legislador español apostó por la venta de la unidad productiva, entendida como conjunto organizado de elementos destinado a preservar el mayor valor que tiene toda empresa en funcionamiento, aunque esté afectada por una crisis empresarial. Las transacciones con unidades productivas pueden representar una oportunidad muy atractiva para los inversores.

Las reformas introducidas en la Ley Concursal entre los años 2011 y 2015 (los años más intensos de la crisis en España) incrementaron este tipo de transacciones y han acercado el régimen legal español de venta de unidades productivas al sistema inglés de transmisión de activos (pre-pack sales), históricamente orientado a la preservación del valor, la protección del inversor y la conservación de la actividad empresarial.

Aunque las pre-pack sales en Inglaterra se canalizan a través de un proceso más ágil –gracias a la reducción de la intervención del juez y de los acreedores del deudor–, las ventas de unidades productivas en España gozan de mayores ventajas para los inversores, como la cesión automática de los contratos esenciales suscritos por el deudor, la regla general de “no asunción” de deudas por el inversor o la posibilidad de llevar a cabo la transacción sin el consentimiento, o incluso con la oposición, de parte de los acreedores con garantías.

El Departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Garrigues tiene una larga experiencia en negociar y cerrar este tipo de transacciones. En su último artículo nuestros abogados explican las similitudes y diferencias de la transmisión de negocios en España e Inglaterra, países que comparten un mismo objetivo: maximizar la recuperación de los acreedores y permitir que unidades productivas viables puedan seguir en funcionamiento (aunque la persona jurídica propietaria de las mismas hasta ese momento sea liquidada y desaparezca).

Abordamos todas estas cuestiones en profundidad en un artículo publicado en julio de 2019 en GRR,  publicación internacional especializada en reestructuraciones e insolvencias empresariales, que se puede consultar AQUÍ. La publicación completa está disponible en este link