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España regula determinados aspectos relativos al comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero

España - 

El Real Decreto 18/2019, de 25 de enero, modifica el régimen jurídico para afrontar el período de comercio de derechos de emisión 2021-2030 y adaptarlo a las previsiones normativas europeas en la materia. Concretamente, se regulan las siguientes cuestiones: (i) las solicitudes de asignación gratuitas de derechos de emisión; (ii) el régimen de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño y hospitales; y (iii) las obligaciones de publicación relacionadas con el mecanismo de compensación de costes indirectos.

Del Capítulo II del texto normativo destaca la división del periodo de comercio en dos sub-periodos de asignación, esto es, el periodo 2021-2025 y el periodo 2026-2030. En este capítulo, se regula lo referente a las solicitudes de asignación de derechos de emisión en el periodo de asignación 2021-2025, los plazos y la información y documentos que deberán ser aportados. Adicionalmente, se establece la obligación de los titulares de las instalaciones de elaborar un plan metodológico de seguimiento para el período de comercio de derechos de emisión 2021-2030.

Por otro lado, el real decreto aborda la concreción del régimen de exclusiones. Así, el Capítulo III permite a los titulares de hospitales e instalaciones con bajo nivel de emisiones (que hayan emitido menos de 25.000 toneladas de equivalente de CO2 en cada uno de los tres años del periodo 2016-2018 y que, cuando realicen actividades de combustión tengan una potencia térmica inferior a 35 MW), puedan solicitar su exclusión del régimen de comercio de derechos de emisión durante el periodo 2021-2025. Por su parte, en el Capítulo IV se regula el procedimiento para la exclusión del régimen de comercio de derechos de emisión durante el periodo 2021-2025 a las instalaciones con emisiones inferiores a 2.500 toneladas equivalentes CO2 en cada uno de los tres años del periodo 2016-2018.

Por último, cabe destacar la disposición final tercera del real decreto, mediante la que se introduce en nuestro ordenamiento jurídico las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones de publicación previstas en el artículo 1, punto 14, letra f), de la Directiva 2018/410, relacionadas con el mecanismo de compensación de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutibles en los precios de la electricidad, que debía estar en vigor, a más tardar, el 31 de diciembre de 2018.

Si bien, mediante este real decreto se transpone parcialmente la Directiva (UE) 2018/410, el grueso de las disposiciones de la citada Directiva serán incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico posteriormente, mediante la modificación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo.