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COVID-19: Gipuzkoa amplía el plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones trimestrales y declaraciones no periódicas, informativas y recapitulativas de determinados obligados tributarios

España - 

Alerta Tributario País Vasco

Ante la evolución de la situación provocada por la crisis sanitaria y las nuevas limitaciones establecidas en la movilidad de la población, Gipuzkoa ha publicado el 2 de abril de 2020 la Orden Foral 136/2020, de 1 de abril, ampliando alguno de los plazos que ya habían sido prorrogados por el Decreto Foral-Norma 1/2020 (vea aquí nuestra alerta).

Así, se amplía hasta el 1 de junio el plazo de presentación e ingreso de las siguientes declaraciones y autoliquidaciones:

  • Las autoliquidaciones del primer trimestre de 2020.
  • Las declaraciones informativas y recapitulativas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio.
  • Las autoliquidaciones del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1 de junio.
  • Las autoliquidaciones y las declaraciones no periódicas cuyo plazo de presentación finaliza entre el 14 de marzo y el 1de junio.

Esta ampliación de plazo únicamente será aplicable a los siguientes obligados tributarios:

  • Las personas físicas.
  • Las microempresas y pequeñas empresas.
  • Las entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades económicas, salvo que todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas jurídicas.
  • Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • Las herencias pendientes del ejercicio de un poder testatorio.
  • Las sociedades patrimoniales.
  • Las entidades sin fines lucrativos.
  • Las entidades parcialmente exentas a las que se refiere el artículo 12.2 de la Norma Foral del Impuesto sobre Sociedades.