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COVID-19: Cataluña reduce el impuesto sobre emisiones de carbono de vehículos de tracción mecánica y permite aplazar o fraccionar las deudas del impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos

España - 

Alerta Tributario Cataluña

El 1 de octubre de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña el Decreto Ley 33/2020, de 30 de septiembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y en el ámbito presupuestario y administrativo.

En el ámbito tributario se establecen las siguientes medidas:

1. En relación con el impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica:

a) Se establecen las tarifas aplicables para la liquidación correspondiente al ejercicio 2020. Según se indica en la exposición de motivos de la norma, estas tarifas son coincidentes con las tarifas más bajas previstas inicialmente para 2019.

b) Se establece una regla de cálculo de la base imponible respecto de determinados vehículos, cuando no se disponga de las emisiones oficiales de dióxido de carbono.

c) Además, se bonifica al 100% la cuota para los vehículos que tengan reconocida la condición de clásicos.

d) Finalmente, se establece que el impuesto será exigible (para todos los vehículos sujetos al impuesto) a partir del 31 de diciembre del 2020, quedando sin efecto el impuesto devengado en 2019.

2. En relación con el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, se prevé la posibilidad de solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de las autoliquidaciones correspondientes a los periodos de liquidación de los semestres comprendidos entre el 1 de octubre del 2019 y el 31 de marzo del 2020 y entre el 1 de abril del 2020 y el 30 de septiembre del 2020.