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COVID-19: Aragón adopta medidas temporales y excepcionales para la presentación y pago de impuestos

España - 

Alerta Tributario Aragón

El Consejero de Hacienda y Administración Pública de Aragón ha dictado una orden por la que se amplían los plazos para la presentación y pago de determinados impuestos.

Debido a la situación de emergencia generada por la incidencia del coronavirus (COVID-19), se ha publicado la Orden HAP/235/2020, de 13 de marzo, que contiene algunas medidas dirigidas a la prevención y protección de la salud, tanto del personal al servicio de la Administración Tributaria como de los contribuyentes.

La orden ha sido publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 20 de marzo de 2020, pero las medidas excepcionales que contiene entraron en vigor el sábado 14 de marzo de 2020.

A continuación se resumen las medidas adoptadas:

a. Ampliación de los plazos para la presentación y pago de determinados impuestos

Los plazos para la presentación y pago de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, y sobre Tributos sobre el Juego, se amplían por un período de un mes respecto al que legal y/o reglamentariamente corresponda a cada tributo.

b. Presentación telemática

La anterior ampliación de plazos se entiende sin perjuicio de la posibilidad que tienen los contribuyentes para efectuar la presentación y pago de los impuestos mencionados por medios telemáticos.

La cumplimentación telemática de las autoliquidaciones realizada por el personal al servicio de la Dirección General de Tributos implicará la autorización para que la Administración Tributaria efectúe la presentación telemática de estas, en la forma y con las condiciones que establezca el Director General de Tributos.

c. Habilitaciones al Director General de Tributos

Se habilita al Director General de Tributos para que, si así lo requiere la persistencia de la situación de emergencia, pueda, mediante resolución:

  1. Prorrogar la ampliación de plazos por periodos iguales; y/o
  2. adoptar las medidas oportunas para priorizar la atención telefónica o mediante correos electrónicos habilitados al objeto, reduciendo en la medida de lo posible la asistencia presencial a las oficinas de la Administración Tributaria.

De momento, el Director General de Tributos no ha dictado ninguna resolución en este sentido.

No obstante, en la página web del Gobierno de Aragón se informa que, de acuerdo con la declaración del Estado de alarma realizada mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las Oficinas de la Dirección General de Tributos de Huesca, Zaragoza y Teruel, así como las Oficinas Liquidadoras, estarán temporalmente cerradas para la atención presencial.

Se informa también de la posibilidad de obtener una cita previa más adelante, en el caso de que existiera alguna cita pendiente, así como las vías de atención telemática a través del teléfono 976 71 52 09 y el correo electrónico [email protected].