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BME Easy Access - La CNMV y BME aprueban una nueva modalidad de admisión a negociación en Bolsa

España - 

El nuevo proceso, que persigue revitalizar los mercados de capitales, permitirá empezar a cotizar en la Bolsa sin cumplir inicialmente el requisito del free float, reduciendo el riesgo de mercado y los costes, y flexibilizando la estrategia de la operación.

Como ya adelantó el pasado 5 de diciembre de 2024 el presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en la presentación del Informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sobre la revitalización de los mercados de capitales en España, la CNMV y Bolsas y Mercados Españoles (BME) han presentado una nueva modalidad de admisión a negociación en Bolsa denominada BME Easy Access, que permitirá empezar a cotizar sin necesidad de contar inicialmente con el free float requerido (25% del capital social, que se reducirá al 10% con la promulgación de la Listing Act).

Este proceso está dirigido a aquellas compañías que, inicialmente, no cumplan con el requisito de difusión accionarial mínima pero que, por su tamaño, madurez y grado de desarrollo, estén orientadas a la Bolsa.

Una vez admitido a cotización en la Bolsa, el emisor dispondrá de un plazo de 18 meses para cumplir el requisito del free float mínimo, ya sea mediante una oferta pública tradicional (OPV u OPS) o mediante otras fórmulas como las colocaciones aceleradas de acciones (accelerated bookbuilding). Durante este periodo, los emisores cotizarán transitoriamente en un segmento especial al que no podrán acceder los inversores minoristas y solo se podrán vender acciones a inversores clasificados como profesionales en la modalidad de bloques, con un efectivo mínimo de 100.000 €. Los emisores que utilicen la nueva modalidad BME Easy Access quedarán sometidos desde el principio al régimen de obligaciones habitual de las sociedades cotizadas en materia de gobierno corporativo, reporte de información al mercado, abuso de mercado u ofertas públicas de adquisición, entre otras.

Transcurridos esos 18 meses, de no haberse alcanzado la difusión necesaria la CNMV valorará la oportunidad de ampliar dicho plazo, eximir del requisito de obtener el porcentaje de distribución o iniciar la apertura de un procedimiento de exclusión de oficio conforme a la normativa aplicable si considera que no es apta para el paso al segmento principal del mercado. Este procedimiento de exclusión no supondría la obligación de formular una oferta pública de adquisición ni de compensar a los inversores que hayan adquirido acciones.

Para utilizar esta nueva modalidad de admisión a negociación, los emisores deberán registrar ante la CNMV el correspondiente documento de registro y verificar el expediente de admisión de sus acciones, con la misma exigencia de información aplicable hasta ahora. Junto con la solicitud de admisión se deberá aportar de forma privada a la CNMV una valoración realizada por un experto independiente de reconocida competencia que acredite una capitalización mínima en el momento de la admisión que supere los 500.000.000 euros  y que permita fijar el precio de referencia de las acciones en su primer día de cotización o, alternativamente, determinar este precio por referencia a una operación financiera relevante sobre las acciones durante los seis meses previos.

Esta iniciativa pretende revitalizar los mercados de capitales españoles reduciendo el riesgo de mercado que ha afectado a numerosas OPV y OPS en los últimos años.

La puesta en marcha de esta nueva modalidad requerirá la aprobación por parte de la CNMV de la modificación de las Circulares de las Bolsas de Valores de Admisión a Negociación y de la Circular de la Sociedad de Bolsas relativa a las Normas de Funcionamiento del Sistema de Interconexión Bursátil, que está prevista en las próximas semanas.