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Lecciones del ‘caso Elizabeth Holmes’: las ‘due diligence’ legales y tecnológicas importan

Carolina Pina, socia del departamento de Propiedad Industrial e Intelectual y coresponsable del área de Telecomunicaciones & Media de Garrigues.

La otrora flamante fundadora de la empresa de análisis clínicos Theranos, Elizabeth Holmes, ha sido declarada culpable de cuatro cargos de fraude por un jurado popular de California, concluyendo que engañó a los inversores. En este artículo repasamos algunas preguntas relativas a la propiedad industrial e intelectual que conviene formular antes de invertir.

El negocio de Holmes deslumbró a grandes inversores que se vieron fascinados por la posibilidad de una tecnología que prometía realizar diagnósticos con una mera gota de sangre en un simple dispositivo. Además, posiblemente, muchos inversores vieron nublado su juicio por el flamante perfil de la Sra. Holmes y su locuacidad. Todo ello, acompañado de numerosos artículos en prensa que alababan su carácter emprendedor y su éxito profesional en una empresa que llegó a estar valorada en 9.000 millones de dólares.

¿Qué más podían pedir los inversores si tenían ante sí a una antigua estudiante de Stanford, en una startup del Sillicon Valley, con una excelente imagen y una prometedora idea? Muy fácil: una exhaustiva due diligence (DD) tecnológica y legal.

Después de más de treinta años en el mundo de la propiedad intelectual y la tecnología, no me ha sorprendido el caso Theranos. He sido testigo de muchas operaciones relacionadas con la tecnología desde los tiempos de la burbuja de internet del año 2000 y he podido ver cómo muchos inversores miran con desdén a los abogados veteranos que insistimos en la importancia de las due diligence exhaustivas en las empresas de base tecnológica.

Lamentablemente, igual que se instauró el fast fashion y el fast food, estos últimos años se está pretendiendo instaurar el fast law. Los inversores en startups piden a los abogados realizar las DD en un brevísimo plazo de tiempo y nos inundan con contratos complejísimos en data rooms virtuales.

Además, se ruega a los abogados que en escasos días hagan la DD, el markup del SPA y que no planteen muchos problemas a ver si no se va a cerrar la operación. Por no hablar de aquellos inversores que directamente se atreven a evitar las DD e incluso firman los acuerdos sin declaraciones y garantías. A ver si van a tener que pagar los emprendedores de la startup con la ilusión que les hace ser unicornios…

Una de las funciones de los abogados es saber preguntar e investigar, pero, como los médicos, necesitamos tiempo y que se nos encomiende esta función. Los abogados podemos formular muchas preguntas, pero, al final, la más importante es la siguiente: ¿se ha verificado la cadena de derechos y que la tecnología está bien protegida y funciona?

El listado de preguntas relativas a la propiedad industrial e intelectual de una DD legal, que debería ir acompañada de una DD tecnológica, incluye, por ejemplo:

Por otra parte, los abogados de la vendors DD deberán formularse también las preguntas adecuadas y trasladar al cliente la posible responsabilidad en la que puede incurrir la sociedad y sus administradores por ofrecer negocios ilícitos o facilitar información incierta o engañosa.

A lo largo de estos años he pensado muchas veces en el cuento El traje nuevo del emperador. No es fácil decir que el emperador está desnudo, por muchas alabanzas que reciba, pero, como decía el gran Calamandrei, una de las funciones del abogado es eliminar la turbación del cliente.

Como último ruego, pido que, por favor, alguien elimine los mantras instaurados en el mundo del emprendimiento que tanto daño hacen a la sociedad, como, por ejemplo, “muévete rápido y rompe cosas”, “make mistakes faster” y “los business plan no valen para nada"... 

(Pido disculpas por los anglicismos, pero me limito a trasladar la nomenclatura utilizada en el mercado con el, ahora sí, último ruego de que la RAE tome cartas en el asunto).