Perú: El plazo para adecuarse a la obligación de designar un oficial de datos personales vence el 30 de junio
El 30 de junio vence el plazo para adecuarse a las nuevas exigencias del oficial de datos personales. Abordamos qué empresas deben designarlo, qué perfil se exige y qué riesgos conlleva incumplir esta obligación.
Las empresas obligadas a designar un oficial de datos personales tienen de plazo hasta el 30 de junio de 2026 para adecuarse a la nueva directiva. A continuación, algunas de los temas suelen ser más consultados por los clientes:
La directiva que establece disposiciones para la designación, desempeño y funciones del oficial de datos personales (ODP), aprobada mediante la Resolución Directoral N.° 100-2025-JUS-DGTAIPD el 31 de diciembre de 2025, fijó un plazo de adecuación de 180 días. En la práctica, ello implica que las entidades alcanzadas deben cumplir con estas disposiciones a más tardar el 30 de junio de 2026.
¿Qué entidades están obligadas actualmente a designar a un ODP?
Hoy, la obligación es exigible para empresas con ventas anuales superiores a 2300 UIT (más de S/ 12 millones) que, además, encajen en los supuestos previstos por la directiva. Aun cuando no sea exigible formalmente en todos los casos, la Autoridad de Protección de Datos Personales (ANPD) lo viene promoviendo como buena práctica.
¿Puedo designar como ODP a una persona que físicamente se encuentra en el extranjero?
Sí, pero debe ser una persona con plena accesibilidad y disponibilidad para atender cualquier solicitud de la ANPD y para los titulares de datos. Sus datos de contacto deben informarse a la Autoridad y a los titulares, y la comunicación debe poder darse de manera eficaz en español.
¿Qué formación debe tener el ODP?
La Autoridad exige conocimientos especializados y experiencia práctica –como mínimo por 2 años- en protección de datos personales o materias afines. La formación puede acreditarse no solo con estudios formales, sino también con docencia, investigación o capacitación especializada (mínimo de 90 horas).
¿Cómo se realiza la designación interna del ODP?
La designación debe formalizarse mediante decisión del máximo órgano de administración de la entidad, por ejemplo, mediante sesión de Directorio siempre que resulte aplicable.
¿El oficial de cumplimiento puede asumir el cargo de ODP?
No es lo recomendable. Aunque ambos roles comparten una función de supervisión, el ODP requiere especialización específica en protección de datos personales, por lo que acumular ambos cargos puede resultar cuestionable.
¿Es pública la designación de ODP?
Sí. Desde el 13 de abril de 2026, la ANPD publica un listado de oficiales de datos personales, lo que facilita verificar si una entidad ya cumplió con comunicar su designación.
¿Cuáles son las implicancias de incumplir la obligación de designar a un ODP?
No designar al ODP dentro del plazo puede constituir una infracción leve (USD 5,000.00) y exponer a la entidad a otras sanciones. Más allá de la multa, el riesgo práctico aumenta porque cualquier titular puede contrastar públicamente si la designación fue comunicada.
Con el plazo próximo a vencer, se debe confirmar si su organización está obligada a designar un ODP y, de ser el caso, validar que la designación cumpla con las exigencias formales y de perfil previstas por la normativa. En muchos casos ya se designó al ODP, pero sin tomar en cuenta las obligaciones que trae esta directiva, por lo que el cumplimiento sería parcial.
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