México: La Comisión Nacional de Energía (CNE) propone la simplificación del trámite de expendio al público de petrolíferos
Con el propósito de coadyuvar en los objetivos de política energética y mejora regulatoria, el pasado 27 de junio la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) publicó en su portal el anteproyecto del acuerdo por el que se simplifica el trámite de otorgamiento de permisos de expendio al público en estaciones de servicio de petrolíferos (excepto gas LP).
El acuerdo busca reducir el plazo de respuesta de dicho trámite, así como facilitar a los interesados el cumplimiento de los requisitos aplicables a través de las siguientes acciones de mejora.
Principales medidas de simplificación
- Cambio de denominación del trámite:
- Reducción del plazo de resolución:
- Simplificación de requisitos:
Requisitos del trámite una vez que entre en vigor el acuerdo- Formato único de solicitud que se encuentra disponible en la página electrónica de la Comisión Nacional de Energía.
- Diagrama de estructura accionaria y corporativa de la sociedad, es decir, del capital social del solicitante, en el que se precise la aportación o el porcentaje de participación de cada socio o accionista, identificando a las personas o grupo de personas que tienen el control de la sociedad de manera directa o indirecta.
- Documentación que acredite la propiedad o posesión legítima del predio en el que se lleve a cabo la actividad permisionada (en su caso).
- Constancia de situación fiscal vigente.
- Resolutivo en sentido positivo del informe preventivo emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del sector hidrocarburos.
- Pago correspondiente de los derechos.
- Documento que contenga las especificaciones técnicas del proyecto, es decir, la copia simple del documento íntegro del Dictamen de la NOM-005-ASEA-2016 y el plano general de la estación de servicio.
Consideraciones adicionales
- Las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor del acuerdo y ratificadas conforme al acuerdo publicado el 5 de junio de 2025 -mediante el cual la CNE reanudó plazos y términos- se resolverán conforme a la normatividad vigente al momento de su presentación.
- La CNE deberá publicar el nuevo formato único de solicitud, tanto en su portal como en el Diario Oficial de la Federación, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la entrada en vigor del acuerdo.
- El acuerdo entrará en vigor simultáneamente con los reglamentos de las Leyes del Sector Hidrocarburos y de Planeación y Transición Energética.
Por último, la CONAMER autorizó la exención del análisis de impacto regulatorio del acuerdo, por lo que este podría ser publicado próximamente en el Diario Oficial de la Federación.
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