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Ley de medidas urgentes en materia concursal (procedente del Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre)

Comentario Reestructuraciones e Insolvencias 1-2015

En el día de hoy, 26 de mayo de 2015, el Boletín Oficial del Estado (“BOE”) ha publicado la Ley 9/2015, de 25 de mayo de 2015, de Medidas Urgentes en Materia Concursal (la “Ley”), que entra  en vigor al día siguiente de su publicación.
 

Esta nueva Ley traslada a la Ley Concursal (“LC”) el texto del Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre (“RDL 11/2014”), que introdujo modificaciones fundamentales en la LC sobre la clasificación de créditos, el contenido del convenio y las mayorías necesarias para su aprobación o la trasmisión de unidades productivas en concurso. Para más detalles sobre el RDL 11/2014 puede consultarse nuestro número monográfico.

La tramitación en sede parlamentaria del RDL 11/2014 ha introducido nuevas modificaciones a la LC, la mayoría mejoras técnicas que resuelven dudas surgidas en la aplicación de anteriores reformas. Hay también novedades importantes que se explican en este documento. Entre esas novedades, la nueva Ley autoriza al Gobierno a elaborar y aprobar un Texto Refundido de la LC con el fin de consolidar y armonizar las modificaciones incorporadas en las sucesivas reformas de la LC (2009, 2011 y 2014, principalmente).

Las principales novedades introducidas por esta nueva reforma son las siguientes:

1. Modificaciones relativas al convenio concursal

2. Modificaciones relativas a la liquidación

3. Modificaciones relativas a la calificación del concurso: Incorporación del elemento de causalidad en determinadas presunciones de culpabilidad (art. 165 LC)

4. Modificaciones relativas al procedimiento del artículo 5 bis LC

5. Otras modificaciones

6. Régimen legal aplicable a los concursos en tramitación