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Ayudas de Estado

Newsletter Derecho Europeo y de la Competencia Portugal

Es preciso tener en cuenta que, en principio, las ayudas de Estado están prohibidas a menos que sean consideradas compatibles con el mercado interior por la UE. Dicha prohibición tiene por objeto impedir que las aportaciones públicas beneficien de forma selectiva a determinadas empresas (ya se trate, entre otras, de ayudas de carácter fiscal, subvenciones, avales o préstamos subvencionados) en detrimento de otras, falseando así la sana competencia en el mercado interno.

Con la autorización de la UE, Portugal puede:

  • Conceder subvenciones directas (o beneficios fiscales), de hasta 800.000 euros por empresa, dentro de un marco temporal (ver aquí) que previsiblemente se prolongará hasta finales de año (con posibilidad de prórroga). El objetivo es hacer frente a necesidades extremas de liquidez y apoyar a empresas que, debido a la COVID-19, están al borde de la insolvencia. A pesar de la flexibilidad, la UE ha subrayado que la principal fuente de las subvenciones directas deben ser los Estados.
  • Compensar a aquellas empresas que se estén viendo perjudicadas por estas circunstancias extraordinarias.
  • Conceder ayudas destinadas a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro. En Italia, por ejemplo, la UE se ha basado en indicadores tales como la contracción prevista del PIB, la carga del servicio nacional de salud, las medidas públicas impuestas (como el cierre de escuelas, la prohibición de celebrar actos públicos o las restricciones de la libertad de circulación) para autorizar la concesión por el Estado italiano de ayudas públicas a determinadas empresas.

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