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Ventas a distancia: El TJUE aclara el derecho de desistimiento en el caso de los productos personalizados

Ana Ferreira, asociada principal del Departamento de Propiedad Industrial e Intelectual de Garrigues.

En una reciente sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aclara la excepción al derecho de desistimiento en aquellos casos en los que el vendedor suministra bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados a  petición de éste. Esta decisión viene a dotar de seguridad jurídica la relación entre empresas y consumidores y puede contribuir a evitar controversias innecesarias.

La pandemia del COVID-19 ha obligado a aumentar la digitalización de las empresas, que también han tenido que darse prisa en encontrar nuevas formas de vender sus productos. Según estudios de mercado, más del 60 por ciento de los ciudadanos europeos han reconocido haber comprado más que nunca en Internet, afirmando que piensan mantener o aumentar su actividad online. Esta nueva tendencia exige cambios profundos en muchas empresas, que se han visto obligadas a  adaptarse rápidamente a esta nueva realidad y crear ofertas en línea para sus productos, adentrándose en un proceso de digitalización acelerado.

Uno de los principales aspectos que las compañías han de tener en cuenta en las ventas a distancia es el derecho del consumidor a desistir del contrato sin necesidad de justificación dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que reciben los productos. Este derecho es una piedra angular de la venta a distancia y fuera del establecimiento cuya finalidad es la de proteger al consumidor ya que, a diferencia de lo que sucede en el comercio físico, el consumidor no ha podido ver el producto real antes de comprarlo. No obstante, los vendedores tienen que saber que existen varias excepciones a este derecho, aunque para ser aplicables es necesario que el vendedor informa debidamente a los consumidores antes de que se produzca la compra. Siendo así, es crucial que las empresas conozcan todas las excepciones legales aplicables al derecho de desistimiento y que informen claramente de las mismas a los consumidores en sus condiciones de venta ya que en caso contrario, pueden perder el derecho a valerse de las mismas.

El 21 de octubre de 2020, el Tribunal de Justicia Europeo dictó una sentencia en el asunto C-529/19 (Möbel Kraft) en relación con el derecho de desistimiento cuando los bienes están elaborados conforme a las especificaciones del consumidor. La Directiva sobre Ventas a Distancia (y las legislaciones nacionales de transposición de dicha directiva) prevé como excepción al derecho de desistimiento aquellos casos en los que el vendedor suministra bienes elaborados conforme a las especificaciones de los consumidores o que están claramente personalizados. En este caso concreto, el consumidor pretendía hacer uso del derecho de desistimiento con Möbel Kraft, empresa dedicada al diseño de interiores y venta de muebles, después de haberles hecho un pedido de una cocina amueblada en una feria comercial. Ante la negativa del cliente a aceptar la entrega de la cocina invocando el derecho de desistimiento, Möbel Kraft presentó una demanda por daños y perjuicios en los tribunales alemanes. Estaba claro por el pedido que el montaje de la cocina objeto del contrato suscrito entre las partes aún no había comenzado cuando el consumidor decidió desistir del mismo. Además, los bienes se habrían montado in situ por Möbel Kraft y no por una tercera empresa. El tribunal alemán dudó de si en este caso resultaba de aplicación el derecho de desistimiento, por lo que planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)  sobre la interpretación de esta excepción.

La contestación del Tribunal de Justicia Europeo a esta cuestión fue bastante clara. El tribunal afirmó que esta excepción es inherente al propio objeto del contrato, por lo que cabe oponerla frente al consumidor con independencia de que la producción o montaje de los bienes haya comenzado o no. La aclaración de esta excepción al derecho de desistimiento por parte del TJUE dota de seguridad jurídica a la relación entre empresas y consumidores y puede contribuir a evitar controversias innecesarias sobre esta cuestión. Por otra parte, subraya la necesidad de que las empresas expresen muy claramente en sus condiciones de venta las excepciones que son aplicables al derecho de desistimiento del consumidor.